Una vez más la prórroga de los ERTE sigue siendo objeto de debate. El 31 de enero finaliza el plazo aprobado en la anterior ampliación y Gobierno y agentes sociales vuelven a sentarse a negociar. El acuerdo no es sencillo y, tras estar horas reunidas el lunes, ambas partes se citaron para el jueves.

La regulación actual, que podría prorrogarse con algunos ajustes, establece la prórroga automática de los procedimientos por fuerza mayor para determinados sectores y contempla dos figuras, los ERTE de impedimento de actividad y los de limitación, a los que pueden acogerse todas las empresas, con exoneraciones que en algunos casos llegan hasta el 100%. Los de fuerza mayor con prórroga automática se limitan a las empresas más afectadas por la pandemia con exoneraciones de entre el 75% y el 85%. En las nuevas modalidades de ERTE vigentes, a las que pueden acogerse empresas de cualquier sector, se distinguen dos tipos, los de por impedimento de actividad y los de limitación. Los ERTE de limitación de actividad van acompañados de exenciones de cuotas de entre el 70% y el 100%, mientras que los de impedimento contemplan exenciones del 90% al 100%.

De prorrogarse el decreto actual sin cambios, los por ERTE seguirán teniendo acceso a la prestación sin periodo de carencia, no les computará el periodo consumido hasta enero del 2022 y la prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora. Además, las empresas continuarán teniendo limitado el reparto de dividendos y prohibido externalizar y realizar horas extra. Está por ver si se mantendrá el compromiso de empleo de seis meses que obliga a las empresas a no despedir si no quieren devolver todas las exenciones disfrutadas después de que la CEOE haya reclamado que su redacción se modifique para que, si se despide en ese plazo, solo tengan que devolverse las ayudas recibidas por los trabajadores que salen de la empresa y no de toda la plantilla del ERTE. No obstante, es una medida que no gusta a los sindicatos.