La abultada deuda de 40 millones de euros por infracciones urbanísticas contraída por el empresario y líder del principal grupo de la oposición, UCOR, Rafael Gómez, y las dificultades que está encontrando el Ayuntamiento para cobrarla han desencadenado en las últimas semanas intercambios de reproches entre equipo de gobierno y oposición reavivados tras las explosivas declaraciones de Gómez con las que pone nombres y apellidos a los que considera responsables de su debacle y con las que denuncia reuniones clandestinas en las que le dieron permiso para construir las naves ilegales de la antigua Colecor y le prometieron reducir la multa. Entre los culpables de sus males están, según él, la exalcaldesa, Rosa Aguilar. El maremágnum generado revive un proceso que lleva coleando ocho años, que se ha caracterizado por su lentitud y por la larga lista de recursos y sentencias que lo enmarañan.

Seis denuncias en cuatro meses

La construcción de las naves en un suelo no urbanizable de especial protección de la Vega se inició en febrero del 2005, según acreditó Gómez en uno de sus recursos, y acumuló en apenas cuatro meses, entre marzo y junio del 2005, seis denuncias --después, habría dos más--. Dos años antes, en octubre del 2003, había sido objeto de otra denuncia de la Policía Local, pero por tirar la Torre de Leche y remodelar la fábrica de Colecor sin permiso, lo que levantó polvareda y llegó a la Fiscalía a través de un particular. Pero el proceso que sigue vivo, el de la sanción de 24,6 millones por las naves, se remonta al 22 de junio del 2005, cuando el presidente de Urbanismo, Andrés Ocaña (IU), inició el expediente sancionador a raíz de tres denuncias de la Policía Local --28 de marzo, 6 de mayo y 2 de junio-- y otras de la Consejería de Cultura --31 de marzo--, Arqueología de Urbanismo --31 de marzo-- y el Colegio de Arquitectos --13 de junio--. El motivo, la extracción de 5.000 metros de tierra, y la construcción sin licencia de cuatro naves de 10.000 metros cada una --una, con un sótano de 10.000--. Lo ejecutado hasta el 16 de junio se valoró en 3,8 millones, se tipificó como infracción grave y como agravante se le aplicó la desobediencia a la primera orden de suspensión, dictada el 5 de mayo (que había derivado ya en la primera multa coercitiva, el 20 de junio, de 381.200 euros). Ese expediente empezó con 5,5 millones de multa, que luego iría subiendo.

La obra se multiplica por 6 en mes y medio

Distintas variables influyeron en la lentitud del proceso. Muchos de los pasos dados por Urbanismo tardaban unos días en notificarse --Gómez recibió la notificación de la primera orden de suspensión de las obras 21 días después--, todo tenía su plazo de alegaciones y el empresario no desperdició nada, agotó todas las vías, acumulando en ocho años decenas de recursos en el ámbito administrativo y judicial. Aunque las naves se dieron por concluidas un año después de las primeras denuncias --la Policía constató su finalización total el 8 de marzo del 2006--, el grueso de la obra se hizo en nada. Llama la atención cómo desde un informe policial del 16 de junio a otro del 3 de agosto del 2005, es decir, mes y medio después, el valor de lo ejecutado se multiplicó por seis, con lo que la tasación pasó de 3,8 millones a 18,8. Las naves estaban prácticamente construidas. Eso conllevó una segunda multa coercitiva el 5 de octubre por 1,8 millones y la prohibición de usar las naves.

Discrepancias en torno al precinto

Si Urbanismo puso en marcha los mecanismos contra esa infracción, ¿por qué no precintó las naves? Ese es uno de los interrogantes de esta historia, muy utilizado por el que más batalló contra las naves, el exportavoz del PSOE, Antonio Hurtado, que reprochó a Rosa Aguilar sus palabras prometiendo el precinto. José Antonio Nieto, edil del PP en aquel momento, también reclamó el precinto, figura que introdujo la LOUA en el 2003. Entre la primera multa --20 de junio del 2005-- y la constatación de la conclusión de las obras el 8 de marzo del 2006, Urbanismo amenazó tres veces con el precinto, que no llevó a efecto. El que fuera jefe de Disciplina Urbanística, José Tomás Valverde, explica el motivo en el acta de una de las reuniones de la comisión de investigación del 2006 que, entre otros asuntos, abordó otras irregularidades urbanísticas cometidas por Gómez entre 1996 y 2005 (Ciudad Deportiva, antigua Colecor, Carrera del Caballo y arroyo Bejarano), argumento que recogieron las conclusiones. Valverde explicó que antes de precintar, más que el volumen, se tiene en cuenta que la construcción "atente realmente a valores protegidos y de carácter irrecuperable" (se tenía en cuenta si con un derribo posterior se podría recuperar la situación de origen sin causar un daño irreversible), por lo que se obró "como se tiene que hacer en casos llamativos como este‡". Sin embargo, Nieto y Hurtado pusieron en duda que se actuara con diligencia. Francisco Tejada, edil de IU, indicó que con la construcción de las naves no se perdían elementos irrecuperables y justificó la acción recordando que no era la primera vez que se obraba así, ya que en 1998, con el PP en la Alcaldía, no se precintó la Ciudad Deportiva porque se iba a legalizar con un plan especial. Y aquí está la clave de las naves, levantadas en un momento en el que se confiaba ciegamente en la aprobación de un plan y de un proyecto que las legalizaría. Ocaña, que negó trato desigual, explicó que el 16 de junio del 2004 entró en Urbanismo la solicitud del proyecto y el 22 de junio, la de licencia.

El plan especial, el primer chasco

El plan especial es el instrumento urbanístico de desarrollo del PGOU que fija los usos permitidos en un ámbito en función del tipo de suelo. El de la carretera de Palma, que era el que establecía las reglas de juego de las 155 hectáreas en las que se ubicaban las naves, fue aprobado de forma definitiva con los votos a favor de IU y PP, y en contra del PSOE, el 12 de enero del 2006, dos meses antes de la visita de la Policía Local que constató la terminación de las naves y de la última orden de suspensión de las obras, es decir, parte de su tramitación coincidió con la construcción. La empresa de Gómez, Arenal 2000, presentó mucho antes, el 21 de mayo del 2003, el documento de bases en Urbanismo previo al plan y pidió su tramitación el 14 de septiembre del 2004. Urbanismo aprobó el plan de forma inicial el 11 de marzo del 2005 y provisional cuatro meses después, el 22 de julio, cuando las naves estaban en plena ejecución. El documento, llave para legalizar las naves e, incluso, reducir la multa, fue analizado en la comisión de investigación, donde Hurtado mostró su recelo por ser una iniciativa privada, hecho que Nieto no veía tan raro, y por percibir intereses particulares. A pesar de que el entonces jefe del servicio de Planeamiento, Francisco Paniagua, señaló que "en ocasiones los planes vienen a dar cobertura legal a situaciones preexistentes", quedó claro que el plan no era el instrumento que legalizaba las naves, en las que hubo actividad de venta, papel que correspondería después al proyecto de actuación, que estaba tramitándose y que sería el pasaporte para lograr la licencia. Sin embargo, la confianza que pudieran tener tanto el empresario como el Ayuntamiento en que el plan y el proyecto, que no contaban con el beneplácito de la Junta --recurrió ambos--, llegasen a buen fin se vio truncada con el tiempo por dos sentencias que los tumbó entre el 2008 y 2009 y que influyeron en que la regularización de las naves se alargase más de lo previsto.

"Permisividad" versus "equidad"

La sanción por la construcción de las naves y el plan especial son expedientes distintos pero ligados. El Pleno del 6 de abril del 2006 debatió la conclusiones de la comisión de investigación sobre el urbanismo y puso sobre la mesa las posturas de cada grupo. Hurtado consideró que los mecanismos de control habían funcionado pero las medidas cautelares habían sido "ineficaces" al no haberse llegado al precinto. Nieto reconoció que no podía acreditar la comisión de ningún delito por parte de técnico o político, aunque vio "ineptitud en la gestión". Ocaña defendió que cada expediente iba avalado por informes técnicos favorables "y que en ningún momento se dieron directrices políticas". Es más, recordó que la Fiscalía "archivó las causas". Y aquí es donde se encuentra otra de las claves de este embrollo, la intervención de la Fiscalía, que influyó en que el proceso se alargara al estimar Urbanismo que debía pararlo mientras investigaba. Siete meses después de denunciarse la construcción ilegal, el 25 de octubre del 2005, Urbanismo decretó la suspensión del procedimiento sancionador por ser investigado por la Fiscalía, amparándose en el artículo 195.4 de la LOUA. No levantó esa suspensión hasta el 6 de febrero del 2006, momento en el que reanudó el expediente tras recibir la comunicación del fiscal con el archivo de las diligencias. Eso reinició un interminable camino de resoluciones y alegaciones. Ese lapsus de tiempo fue determinante en la caducidad de la multa, mazazo que llegó en el 2009.

La caducidad, mazazo al cobro de la multa

El expediente sancionador tuvo un recorrido de 3 años y 9 meses, los que transcurrieron entre el 22 de junio del 2005 y el 19 de marzo del 2009, día en el que Andrés Ocaña firmó la declaración de su caducidad y archivo. Nadie podía imaginar que los continuos recursos interpuestos por Gómez iban a acabar con una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Córdoba anulando la multa de 24,6 millones. Fue el segundo jarro de agua fría que recibía el Ayuntamiento tras la anulación del plan especial. Todo se debió a que el plazo máximo para resolver y notificar la multa es de un año. Sin embargo, del 22 de junio del 2005, fecha en que Urbanismo inició el procedimiento, hasta el 10 de agosto del 2006, día en el que notificó a Arenal 2000 la multa de 24,6 millones, pasaron 13 meses y 19 días, de ahí la caducidad. Y todo por culpa de los 3 meses y 11 días de la suspensión decretada por Urbanismo mientras la Fiscalía investigaba.

Cuatro años después, borrón y cuenta nueva

El fallo judicial señalaba que "erró la Gerencia de Urbanismo al suspender --cuando no era necesario, ni por ende procedente--". A su juicio, la clave estaba en que las diligencias del fiscal no fueron a instancia del Ayuntamiento que, según estimó el juez, tal vez no lo comunicó al no ver delito o falta, sino a raíz de la denuncia de un particular. Para no arriesgarse a que la infracción prescribiera el 28 de marzo del 2009, el Ayuntamiento acató la sentencia a pesar de estar en desacuerdo. En las alegaciones que el titular jefe de la asesoría jurídica, Rafael Ortega, realizó tras la providencia que avisaba de la caducidad, se apoyó en el artículo 195.4 de la LOUA. Además, en el informe en el que aconsejaba acatar el fallo mostró su sorpresa por las contradicciones detectadas y porque Urbanismo comunicó a la Fiscalía la suspensión y esta le notificó el archivo de diligencias "para que prosiga con la tramitación de los expedientes administrativos incoados‡". Tras hacer borrón y cuenta nueva, el 18 de marzo del 2009, Ocaña firmó y notificó a Gómez el inició del nuevo expediente sancionador que ahora sigue abierto, casi cuatro años después.

...Y otros cuatro años más, hasta hoy

El nuevo expediente, que valoró las obras en 18,2 millones e impuso una sanción grave, se inició de manera rauda, pero con el tiempo se ralentizó. Tras una nueva larga lista de alegaciones y recursos, el órgano municipal de reclamaciones económicas--administrativas, el CREA, fijó el 14 de diciembre del 2009 la multa en 24,6 millones y dejó claro que los cuatro años para la prescripción empezaban a partir de la finalización de las obras, el 8 de marzo del 2006, o, incluso, de la primera denuncia administrativa, el 28 de marzo, desestimando la alegación de Gómez. Además, al no estar en vigor el plan especial --fue publicado en el BOP el 26 de abril del 2006--, haber sido tumbado por el TSJA el 18 de marzo del 2009 cuando se inició el segundo expediente sancionador tras caducar el primero, y al no haber proyecto ni licencia, tampoco existía posibilidad de legalización, por lo que rechazó reducir el 75% de la multa, como perseguía Gómez. Los recursos siguieron hasta que 1 año y 9 meses después del inicio del nuevo expediente sancionador, llegó la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 del 9 de diciembre del 2010. Si en el primer expediente se tardaron 3 años y 9 meses en llegar a ese punto, en el segundo, solo 1 año y 9 meses. Sin embargo, el fallo fue recurrido por Gómez ante el TSJA, que aún no se ha pronunciado sobre este segundo expediente sancionador, que cumplirá cuatro años el próximo 18 de marzo. La sentencia del TSJA de diciembre del 2010 señala que "nada se puede reprochar a la actuación de la Administración‡", que sí califica de "errónea" en el expediente caducado, aunque no aprecia pasividad ni "actuación fraudulenta o abusiva" al rectificar.

Un cobro cada vez más dudoso

La sentencia volvió a descartar la tesis de prescripción de Gómez --insiste en que se inicia cuando acaban las obras-- y ratificó que la infracción sigue siéndolo a pesar de la aprobación posterior del plan especial, es decir, que cuando se cometió no había norma urbanística que la amparara. Subrayaba también que la reducción de la multa no es posible porque cuando las naves se edificaron no existía esa norma. El fallo abrió un compás de espera que se ha alargado durante más de dos años, en los que el Ayuntamiento ha seguido con sus cauces administrativos para intentar cobrar la multa. Hace unos días, el concejal de Hacienda, José María Bellido (PP), avisaba de las dificultades que tiene el Ayuntamiento para cobrar la sanción, que con el paso del tiempo ha engordado entre apremios y recargos. Durante el anterior mandato, el equipo de gobierno de IU y PSOE llevó a cabo anotaciones preventivas de embargo en varios bienes del empresario, que inició su declive a raíz de la operación Malaya, para asegurarse el cobro de la multa por esa vía. Sin embargo, cuando llegó a las naves se encontró con un banco y Hacienda como acreedores preferentes. En el 2011 empezó la subasta de bienes del empresario por el impago de impuestos. El Ayuntamiento se ha quedado con algunos al no haber postores.

Borrón y cuenta nueva otra vez

El plan que se postulaba como salvador de las naves fue recurrido por cuatro particulares y por la Junta, que censuró su formulación privada, que la construcción ilegal superaba el nivel de ocupación histórica y que los usos pretendidos --comerciales-- requerían modificar el PGOU. Una sentencia del TSJA del 21 de enero del 2008 acabó anulándolo, principalmente, por haber sido impulsado por un particular. La sentencia, que no entró en la edificabilidad, uno de los elementos de discordia, se pronunció someramente sobre otro, los usos históricos, que, a su juicio, no tienen por qué identificarse con la superficie ocupada por la antigua factoría. Tras el batacazo del TSJA, el Ayuntamiento decidió acatar la sentencia, formular un nuevo plan desde lo público y de la mano de la Junta. Unos días antes, el 17 de enero, IU y PP aprobaban, con la oposición del PSOE, el proyecto de actuación que permitiría a Gómez solicitar la licencia que necesitaba, pero fue recurrido por la Junta al estimar que no tenía sentido sin la cobertura del plan. Una sentencia del Contencioso Administrativo número 4 del 3 de julio del 2009 le dio la razón. El fallo no veía justificada la utilidad pública ni los usos pretendidos en un suelo no urbanizable protegido.

Negociaciones y cambios de postura

La formulación del segundo plan especial de la carretera de Palma hay que entenderla sin perder de vista el contexto político en el que nace. El nuevo documento dio el primer paso el 27 de julio del 2009. Al frente de Urbanismo estaba Francisco Tejada y el alcalde era Andrés Ocaña. Rosa Aguilar estaba recién llegada a la Consejería de Obras Públicas de la Junta. A pesar de los deseos de consenso, el plan nació mal, sin apoyo unánime, ya que solo fue aprobado por IU, con la abstención de su socio de gobierno, PSOE, y del PP. Las discrepancias estaban en el grado de ocupación máxima fijado en el ámbito de las naves y otras instalaciones como Agrogás, que era del 25%, lo que significaba que para legalizarlas habría que tirar 10.000 metros --con el anterior plan especial y el proyecto de actuación anulado solo había que eliminar 2.000--. La Junta tampoco veía claro el nuevo plan, de ahí las reticencias iniciales del PSOE. Tras la resolución de la decena de alegaciones presentadas, entre ellas las del propietario de las naves, que pedía usos comerciales, y las conversaciones entre el Ayuntamiento y Obras Públicas, con Aguilar al frente, el documento fue retocado y las cifras cambiaron, logrando el histórico respaldo del PSOE. El grado máximo de ocupación bajaba al 21%, es decir, había que demoler más, 15.000 metros, el 37,5% de las naves. Aunque el plan no cubría las expectativas de Gómez, seguía siendo vital como paso previo a la legalización de las naves y como elemento esgrimido para la reducción de la multa que, en base al artículo 208.2 de la LOUA, podría verse mermada en un 75%, quedando en solo 6,6 millones. No obstante, no hay que olvidar la jurisprudencia habida en contra.

La última sorpresa del plan especial

Cuando las desavenencias parecían superadas, el delegado provincial de Obras Públicas, Francisco García, firmó el 3 de septiembre del 2010 un informe, preceptivo pero no vinculante, que mantenía la tesis de siempre de la Junta en cuanto a usos y edificabilidad. Todo se tambaleó. A su juicio, las instalaciones industriales autorizadas no deben ocupar más espacio del que tuvieron en el pasado, que fue del 16% y no del 21%, lo que significa tirar más, 21.000 metros. Además, considera que la actividad de almacenaje y logística no es un uso industrial, sino terciario y, en definitiva, comercial, impropio de ese suelo. Por su parte, Urbanismo respondió que el plan se adapta a la sentencia del TSJA, que el almacenaje es un uso industrial previsto en el PGOU y que el uso histórico no tiene por qué identificarse con la superficie que ocuparon las industrias existentes, por lo que lo aprobó el 19 de octubre del 2010. Y ahí quedó a la espera del fallo del Supremo sobre el plan anterior, que llegó estando el PP en la Alcaldía, el 7 de julio del 2011, y ratificó la anulación propuesta por el TSJA. El Pleno aprobó el 11 de diciembre del 2012 el nuevo plan, esta vez con el respaldo de todos.

Ocho años después y todo sigue igual

El plan abre otra etapa no exenta de disputas políticas e interrogantes. La gran incógnita es si habrá un nuevo proyecto de actuación para legalizar las naves y quién lo presentará, si Gómez o sus acreedores, aunque él insiste en que son suyas. Otra duda es si la Junta impugnará la aprobación del segundo plan. La decisión está en manos de la Consejería de Agricultura, que dirige el cordobés Luis Planas, que ya estudia el plan. Tampoco está claro qué pasará con la multa, que depende del TSJA. Tras romper un silencio de años, y siendo edil de UCOR, Gómez ha advertido y reiterado que no pagará la sanción ni tirará parte de las naves. Argumenta que la multa se puso con el plan aprobado --el primero, el del 2006--. Sus acusaciones sobre supuestas reuniones secretas y promesas han suscitado una reacción en cadena que derivó en una moción que llegó al Pleno el miércoles para aportar transparencia a los casos de los grandes deudores. Al final, PP, IU y PSOE acordaron llevar a la Fiscalía esas declaraciones. Ocho años después, todo está en el mismo punto o peor, más enredado. Las naves siguen siendo ilegales y la multa continúa sin cobrar.