El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha confirmado de forma oficial la aplicación en Córdoba de las restricciones contenidas en la Orden de 14 de octubre del 2020 y su entrada en vigor a partir de las 00.00 horas del domingo 25 de octubre y que se prolongarán durante los siguientes 14 días, "pudiendo ser revisado si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica de mantenerse las circunstancias que motivan su adopción".

El BOJA extraordinario, firmado por la delegada provincial de Salud y Familias, María Jesús Botella, señala también que se dará traslado de esta resolución "tanto a la Delegación del Gobierno de España en Andalucía como al Ayuntamiento de Córdoba, con el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de la Policía Local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas".

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El BOJA recuerda que estas medidas se adoptan basándose en la incidencia registrada en los últimos días y a la tendencia creciente registrada, con un porcentaje de positividad de PDIA del 25% en los últimos 14 días y del 24% en los últimos 7 días. La presión asistencial, recoge también, muestra que la ocupación de UCI tanto por covid como por no covid, del 15,8% y del 31,5% lo hace recomendable, con una valoración de la situación epidemiológica considerada de riesgo intermedio.

Las restricciones que deberán aplicarse son las siguientes:

Aforos

Reducción de los aforos de las actividades, servicios e instalaciones al 50%, salvo que tuvieran previsto uno inferior.

Cierre de los establecimientos

Cierre a las 22.00 horas, como máximo, de todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, que tampoco podrán superar el 50% del aforo permitido. No se incluyen aquellos establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales.

Bares y restaurantes

No estará permitido el consumo en barra. También se limita a 6 el número de personas que pueden reunirse en las mesas o agrupaciones de mesas, tanto dentro como fuera del establecimiento.

Mascarillas

Obligatorias en los locales de restauración mientras no se esté consumiendo y al hacer deporte si no se puede mantener la distancia de seguridad interpersonal.

Deporte

Límite a un máximo de seis personas de la práctica deportiva en grupos.

Centros socio-sanitarios

No se permitirán visitas ni salidas a los usuarios de los centros socio-sanitarios de carácter residencial.

Parques y jardines

Suspensión de la actividad en los parques y jardines públicos, así como en los parques infantiles de uso público.

Celebraciones nupciales

En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas el número máximo de participantes será de 30 personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

Velatorios

Asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre y diez personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Peñas y asociaciones

Cierre de peñas, asociaciones gastronómicas y recreativo-culturales, y clubes o establecimientos similares.

Mercadillos

Tampoco se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.

Edificios de uso público

Se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas y aforos.