El Ayuntamiento deberá indemnizar a una mujer de 77 años por la caída que tuvo en la vía pública a causa de una loseta que estaba levantada tres centímetros. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 ha estimado parcialmente el recurso que interpuso la mujer, que pedía 7.098 euros por los daños causados. El fallo determina que el Ayuntamiento deberá pagarle 4.969 euros en concepto de responsabilidad patrimonial. Según el informe realizado por la Asesoría Jurídica, y conocido esta mañana por la junta de gobierno local, el juzgado “estima la concurrencia de culpas entre la falta de atención de la peatón y el actuar indolente administrativo” del Ayuntamiento, que tardó más de dos años en emitir una resolución en relación a la reclamación.

Según consta en la sentencia, la mujer presentó un recurso contencioso-administrativo en abril de este año después de que el Ayuntamiento desestimase por silencio administrativo la reclamación que le había planteado por un accidente sufrido en febrero del 2017 en la acera de la calle Analista Ada Byron.

El Ayuntamiento considera que no hay relación de “causalidad” entre la deficiencia del pavimento y el accidente. El fallo considera “evidente” el desperfecto que existía en el pavimento , que podía hacer tropezar a la viandante, pero que no pasaba desapercibido, y más teniendo en cuenta que la recurrente vivía cerca y que conocía el mal estado del mismo. Por ello, la sentencia no aprecia la culpa exclusiva de la víctima pero sí un “déficit de atención o cuidado” por su parte que influyó en el accidente. El fallo considera que el accidente “obedeció a una concurrencia o conjunción de causas”, como “el mal estado del espacio público unido o junto a la desatención o poco cuidado de la perjudicada”, de ahí que reduzca la indemnización y el Ayuntamiento deba pagar hasta el 70% de la misma. La mujer, según la sentencia, sufrió fracturas costales, de tres o cuatro vértebras, que la obligaron a estar veinte días de reposo total y hasta septiembre del 2017 de reposo relativo.