La Audiencia Provincial de Córdoba ha reconocido la paternidad de un empresario agrícola cordobés, ya fallecido, sobre un hombre de 60 años que nació como fruto de la relación del primero con una de sus empleadas de hogar. Esta sentencia convierte al hijo en heredero legítimo de parte del patrimonio de su ya reconocido como padre, del que podrá percibir más de un millón de euros.

Según han explicado a este periódico desde el bufete Osuna, que ha defendido los intereses del hijo, el caso se inició hace unos cinco años cuando el demandante quiso ser reconocido por el que él sabía que era su padre, un hombre rico de Córdoba, ya fallecido, que había mantenido una relación con una de sus empleadas de hogar, fruto de la cual nació un hijo. Este hijo, indican los abogados, «tiene muy pocos bienes». Además, se explica que, dada la diferencia de clase entre los padres, «unido a la condición de casado del señor, se despidió a la empleada de hogar embarazada, la cual lo pasó muy mal, encinta, sin trabajo y rechazada también por su propia familia». Asimismo, «el hijo extramatrimonial tuvo una infancia llena de carencias económicas y afectivas por parte de su padre». El difunto «otorgó durante su vida varios testamentos. En ninguno de ellos le dejó nada a su hijo biológico. Se lo dejó todo a sus hijos matrimoniales», añaden.

En un principio, indica el abogado, un juzgado de Córdoba se negó a que se practicara la prueba de ADN para confirmar el parentesco y ha sido la Audiencia Provincia la que ha ordenado tal comprobación, que se ha llevado a cabo en el Instituto de Toxicología y Medicina Legal de Sevilla. Para ello fue necesario exhumar el cuerpo del padre, que había fallecido hace 15 años. Una vez que se tomaron muestras del cadáver, se enviaron al citado instituto para determinar la paternidad que estaba en litigio y el resultado fue de un porcentaje de coincidencia del 99,99%, lo que demuestra el parentesco entre el denunciante y el hombre fallecido. El padre tenía otros dos hijos de su matrimonio, con los que ahora el nuevo hermano está negociando el reparto del patrimonio, del que le corresponderá «algo más de un millón de euros».

Desde el bufete Osuna explican que «después de la entrada en vigor de la Constitución y de las normas reformadas del Código Civil, adaptadas a la Carta Magna, no se puede discriminar, a efectos hereditarios, a los hijos, según se hayan concebido o no fuera del matrimonio».