La Audiencia de Madrid ha confirmado, recientemente, una sentencia del juzgado de Primera Instancia número 36 de esa ciudad, en la que condena a la Sociedad de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) por la venta de una casa que se encuentra en situación irregular en Encinares de Alcolea.

La compradora, que ha sido defendida por el letrado Antonio Montesinos, es una empleada de banca que estaba destinada en Córdoba en el año 2014 y adquirió un chalet para que fuese su vivienda. Tras la compraventa, comenzó los trámites para dotarla de luz y agua, pero cuando las compañías le solicitaron la licencia de primera ocupación y la infraestructura necesaria para la acometida de los suministros, la Gerencia Municipal de Urbanismo le informó de que las edificaciones de la parcela superaban la edificabilidad permitida, por lo que no se le podía conceder el permiso. Por tanto, para poder habitar la casa tendría que regularizar las edificaciones y piezas secundarias a través de un expediente de asimilado a fuera de ordenación; también tendría que legalizar la construcción principal, así como solicitar la autorización de las acometidas y ejecutar las obras de las mismas.

La Sareb ha sido condenada a indemnizar a la propietaria de la parcela con 38.710 euros, por ser esta la cantidad necesaria para adecuar la vivienda a los requisitos urbanísticos.