La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba celebrará los próximos días 22 y 23 de junio una vista para dilucidar los recursos presentados por las acusaciones y por la defensa de Rafael Gómez después de que el empresario fuera condenado a cinco años y tres meses de prisión, además de a pagar una multa de cerca de 112 millones de euros, como autor de dos delitos contra la Hacienda Pública por el impago de casi 29 millones de euros. El tribunal considera que la vista, solicitada tanto por la Abogacía del Estado en nombre de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria como por la defensa de Gómez, es «necesaria» para «dilucidar los diversos puntos de impugnación que se han planteado por las partes para combatir la sentencia» dictada el pasado febrero por el juzgado de lo Penal número 3, según señala en un auto al que ha tenido acceso este periódico. En el mismo, «teniendo en cuenta la complejidad de esta causa y que algunas de las partes recurrentes pretenden modificar algunos pronunciamientos absolutorios de todos o parte de los acusados», el tribunal establece el guión con el que se desarrollará la vista, «procurando siempre que esos acusados puedan defenderse personalmente ante la Sala de aquellas pretensiones condenatorias para que así puedan ver tutelados judicialmente sus intereses legítimos».

La sentencia fue recurrida en su día tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado en relación a aquellas de sus pretensiones que no fueron recogidas. En este sentido, el ministerio público había pedido 40 años de cárcel para Gómez por diez delitos, y 19 años y tres meses para sus hijos por otros siete delitos. El juez, en cambio, dejó las penas para el empresario en algo más de cinco años y absolvió a los hijos y la mujer, esta en cuanto a la responsabilidad civil que pudiera tener como partícipe a título lucrativo. De su lado, la defensa de Gómez recurrió «en lo que le es desfavorable» al empresario e hizo hincapié en el error de la valoración de la prueba.

El auto de la Audiencia resume que tanto la Fiscalía como la Agencia Estatal de la Administración Tributaria pretenden con sus recursos «la condena de personas que han sido absueltas» en la primera instancia, mientras que Rafael Gómez y las sociedades Arenal 2000 y 2001 «interesan la revocación de la sentencia para que se les absuelva de los pronunciamientos condenatorios que contiene la misma».