El alcalde de Córdoba, José María Bellido, ha hecho público un decreto en relación con la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 14 de octubre de 2020 y la adopción de medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del covid-19, en localidades o parte de las mismas donde es necesario adoptar medidas que no conllevan restricción a la movilidad.

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Suspendidas las visitas a los centros sociosanitarios municipales

Suspendidas las visitas a los centros sociosanitarios municipalesEn el decreto, se establece que "no se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial de titularidad municipal.

Velatorios de un máximo de 15 personas

Velatorios de un máximo de 15 personasLa asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

El 50% del aforo en bodas y otras celebraciones en el Ayuntamiento

El 50% del aforo en bodas y otras celebraciones en el AyuntamientoEn los espacios y edificios municipales donde se presten servicios abiertos al público no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y en el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles organizadas por el Ayuntamiento, el número máximo de participantes quedará limitado a un máximo del 50 por ciento del aforo, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

Mercadillos

MercadillosSe procede a la suspensión de la celebración de los mercadillos existentes en el Término Municipal, que son los siguientes:

  • VILLARRUBIA - SÁBADO
  • MORERAS - SÁBADO
  • FUENSANTA - SÁBADO
  • ARENAL - DOMINGO
  • HIGUERÓN - DOMINGO
  • CERRO MURIANO - DOMINGO
  • ALCOLEA - LUNES
  • LADERA - MARTES Y VIERNES
  • UNIDAD - MARTES Y VIERNES
  • NOREÑA - MARTES Y VIERNES

Instalaciones deportivas

Instalaciones deportivasEn instalaciones deportivas municipales, tanto al aire libre como de interior, no se podrá superar el 50% del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas. Estos grupos podrán compartir una misma instalación deportiva con otros grupos iguales, siempre que quede garantizada, en todo momento y en todo caso, una distancia física entre ellos de al menos tres metros de distancia.

Parques infantiles, cerrados

Parques infantiles, cerradosSe precintarán los parques infantiles en espacios de titularidad municipal y cierre al público de Parques y Jardines de titularidad municipal así como la Ciudad de los Niños y las Niñas y se reforzarán las medidas preventivas en edificios municipales, con sectorizaciones, regulación de flujos de personas y determinación de aforos.

Grupos, no más de seis

Grupos, no más de seisLa participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos municipales se limita a un número máximo de seis personas, incluidos convivientes, salvo que éstos sean más de seis.

Por último, el decreto del alcalde recuerda que "las medidas entrarán en vigor desde desde las 00:00 horas del día 25 de octubre de 2020" y que se dará cuenta de ellos al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión ordinaria que celebre y a la Junta de Gobierno Local.