El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado la resolución de 23 de enero del 2015 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de autorización de reinicio de los trabajos y del plan de restauración en la mina de Riotinto (Huelva), promovida entonces por Emed Tartessus, actualmente Atalaya Riotinto Minera. Lo ha hecho la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo en una sentencia, contra la que cabe recurso, que estima la demanda de Ecologistas en Acción y es consecuencia directa de la que dictó el Tribunal Supremo el pasado 21 de marzo del 2019, que confirmó la anulación de la autorización ambiental unificada de 27 de marzo del 2014 del proyecto de explotación.

La sentencia subraya que la Ley de Gestión de la Calidad Ambiental dispone que «las actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental no podrán ser objeto de licencia municipal de funcionamiento de la actividad, autorización sustantiva o ejecución sin la previa resolución del correspondiente procedimiento regulado en esta ley». Precisamente de ese precepto legal resulta que «para poder otorgarse la autorización de reinicio de los trabajos mineros es necesaria la previa autorización ambiental unificada, al haberse anulado la misma por sentencia firme por defectos en su tramitación». Y se carece de dicho permiso, apuntan desde Ecologistas.

Durante toda la tramitación y desde su puesta en marcha en el 2015, Ecologistas en Acción siempre ha puesto en duda que el proyecto de Riotinto pueda garantizar la seguridad de sus grandes presas de lodos durante los diez años de vida útil permitidos por la anulada autorización.

La empresa Atalaya Mining, propietaria de la mina de Riotinto (Huelva) considera que la sentencia «no pone en cuestión» su continuidad ni afecta a los planes de ampliación de productividad. En un comunicado, la empresa precisa que la sentencia del alto tribunal también confirma que es la Administración de la Junta de Andalucía quien ha de solucionar la situación generada por los defectos administrativos en la tramitación de la autorización ambiental unificada. Todo ello lo hace, asegura Atalaya, «sin poner en cuestión la normal continuidad de la actividad minera en el proyecto», por lo que «se despejan las dudas generadas en los accionistas, empleados y en general en el ámbito de influencia de la operación».

La Junta ha anunciado que recurrirá esta sentencia que anula la autorización de Riotinto.