El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra una sentencia de la Audiencia Nacional que denegaba la petición del Gobierno andaluz para que no se restaran de la financiación autonómica los cobros pendientes.

Según el fallo del TS, este tribunal ha desestimado el recurso que la Junta presentó contra la sentencia marzo del 2014 de la Audiencia Nacional que declaraba ajustada a derecho la orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de julio del 2012.

La Junta había alegado indefensión y vulneración de los principios de lealtad institucional y de autonomía y suficiencia financiera, algo que el Supremo no ha apreciado, como tampoco ve la infracción al principio de sostenibilidad presupuestaria.