La Fiscalía ha pedido hoy cinco años de cárcel y otros cinco de inhabilitación para el exconsejero andaluz de Cultura Luciano Alonso por presunta falsedad en documento público en el nombramiento de tres altos cargos, causa por la que ya fue juzgado pero por un delito de prevaricación del que fue absuelto.

Lo ha hecho durante el juicio celebrado hoy en la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, después de que el Supremo ordenara al TSJA volver a juzgar al exconsejero, pero esta vez por falsedad en documento público, en el marco de esta causa relacionada con el nombramiento de tres directores del Centro Andaluz de Flamenco y de la Filmoteca de Andalucía a los que asignó tareas y ubicaciones diferentes a las previstas en esos puestos.

Por estos hechos fue juzgado el pasado enero en el TSJA acusado de un delito de prevaricación del que fue absuelto. Pero durante la última sesión de aquel juicio, la Fiscalía añadió en sus conclusiones definitivas la falsedad en documento púbico, si bien el TSJA lo desestimó, lo que llevó al Ministerio Público a recurrir el fallo ante el Supremo, que ratificó la absolución por prevaricación pero ordenó repetir el juicio por aquel delito.

Durante el nuevo juicio celebrado hoy, que ha quedado visto para sentencia, el fiscal ha reiterado su acusación por un delito continuado de falsedad en documento público con dolo falsario, por el que también pide multa de 12.000 euros, tras llegar al convencimiento, ha dicho, de que las órdenes de estos tres nombramientos "no fuero reales o contenían una narración mendaz".

Por su parte, la defensa ha pedido una sentencia "enteramente absolutoria", entre otras consideraciones porque "no tiene sentido" la comisión de un delito de falsedad en documento público una vez declarado por el TSJA y el Supremo que no hubo prevaricación, mientras que Alonso, que ni ha declarado ni ha hecho uso de la última palabra, ha dicho a su salida que confía en la justicia.

Durante el juicio, presidido por el titular del TSJA, Lorenzo del Río, el fiscal ha extendido la existencia de la supuesta falsedad a los documentos relativos a los dos nombramientos que se realizaron de Luis Guerrero como director del Centro Andaluz de Flamenco (CAF), con sede en Jerez -si bien desempeñó su labor como asesor cultural en Málaga-, a los de Alejandro Cárdenas y María Centeno como directores de la Filmoteca de Andalucía, en Córdoba -si bien trabajaron en Sevilla-, y a los referidos a todos esos ceses.

Para el fiscal, la falsedad en documento público se deriva de las declaraciones recogidas durante todo el procedimiento, tanto en fase de instrucción como en el primer juicio, en el que Alonso declaró que necesitaba un asesor cultural para Málaga, preguntó si había un puesto de libre disposición para dedicarlo a estos fines y firmó el nombramiento sin saber, dijo, que ocuparía la dirección del CAF.

En opinión del fiscal, hasta la Sala del TSJA admitió en su sentencia que las órdenes de nombramiento "no se ajustaron a la realidad, es decir, eran falsas", por lo que, "además de faltar a la verdad en la narración de los hechos, son nombramientos simulados".

El fiscal, que incluye el dolo falsario porque entiende que el hecho de que las "órdenes falsas" fueran redactadas o no por el acusado "carece de trascendencia", se ha referido a la "gravedad capital" de este tipo de delitos porque afectan, ha dicho, a la prestación de los servicios públicos esenciales al no destinarse a lo que debería el dinero recaudado con los impuestos ciudadanos.

"Da la impresión (...) de que con ellas -las arcas- se puede hacer lo que se quiera fuera de todo control", ha opinado el fiscal, que se ha referido a las "sociedades públicas que llenamos de militantes y afines", y que en la Junta "se especula" con que son "más de mil", momento en el que ha sido apercibido por Del Río.

En procedimientos como éste, ha continuado, la Fiscalía "se encuentra absolutamente desasistida y sola" porque perjudicados como "en teoría (lo es) la Junta", dio "la callada por respuesta" cuando se le ofreció personarse como acusación y porque en ocasiones los testigos son "funcionarios agradecidos por los puestos que no merecían o subordinados administrativos del propio acusado".

Por su parte, para la defensa "resulta increíble", además de "impropio, grave y preocupante" en un representante del Ministerio Público que, pese a la absolución por presunta prevaricación dictada por el TSJA y confirmada luego por el Supremo, el fiscal siga haciendo "referencias de amiguismo y enchufismo" respecto a Alonso, que "ha estado treinta años gestionando fondos públicos sin tacha".

Se trata en su opinión de una acusación "absurda, temeraria y sin ningún ni fundamento jurídico" porque, si se hubiera sostenido la prevaricación "tendría algún sentido" falsear un documento para "enchufar a un amigo", pero descartada la prevaricación, no, ha razonado la defensa del exconsejero.