La Consejería de Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática ha decidido someter a información pública el proyecto de decreto sobre símbolos y actos contrarios a la Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, donde se contempla que los ayuntamientos tendrán un plazo de un año desde la entrada en vigor de esta futura norma para remitir a la Junta un informe sobre actuaciones en relación con la revisión del nomenclátor de las vías y espacios públicos de su municipio para su adaptación a la Ley de Memoria.

El decreto, se estructura en seis capítulos, seis disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y una disposición final. Según recoge su borrador, se consideran elementos contrarios a la Memoria Histórica y Democrática de Andalucía los escudos, insignias, placas, inscripciones, menciones, leyendas, y otros objetos y elementos, incluido el callejero, adosados, colocados o integrados en inmuebles públicos o situados en la vía pública con la finalidad o efecto de conmemorar, exaltar o celebrar, de modo individual o colectivo, el golpe militar de 1936, así como el régimen dictatorial, a sus dirigentes o a las organizaciones que lo sustentaron. La persona titular del inmueble que exhiba elementos contrarios a Memoria Histórica y Democrática deberá proceder de inmediato a su retirada o eliminación. Habrá una excepción en la retirada o eliminación de dichos elementos «cuando concurran razones artísticas o arquitectónicas protegidas por la ley». «Únicamente se considerará que concurren razones arquitectónicas cuando el elemento sea fundamental para la estructura del inmueble, de tal modo que su retirada pudiera poner en peligro su estabilidad o cualquier otro aspecto relativo a su adecuada conservación».

No obstante, en el caso de que concurran razones artísticas o arquitectónicas que obliguen al mantenimiento de dichos elementos podrá «incorporarse una mención orientada a la reinterpretación de dicho elemento conforme a la Memoria Histórica y Democrática de Andalucía». La Junta no subvencionará, bonificará o prestará ayudas públicas a aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria Histórica.