El jurado popular ha encontrado a Ana Julia Quezada culpable de un delito de asesinato con alevosía por la muerte de Gabriel Cruzmuerte de Gabriel Cruz, ocurrida en febrero de 2018. Tras un día y medio de deliberación, los nueve componentes del tribunal, dos hombres y siete mujeres, dan por válido que Quezada llevó al niño a la finca familiar de Rodalquilar (Almería) y, “de forma intencionada, súbita y repentina, le lanzó contra el suelo o pared de la habitación, y tras el impacto del niño, procedió la acusada, con sus propias manos, a taparle la boca y la nariz con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento”. Esta decisión convierte a Quezada, y a falta de que la jueza Alejandra Dodero dicte sentencia, en la primera mujer condenada a prisión permanente revisable.

El jurado considera probado que interceptó al menor y lo convenció para llevarlo a la finca del crimen y que allí lo asfixió. Considera no probado que lo golpeara previamente, que lo mantuviera sin atenderle durante mas de una hora, y tampoco que las increpaciones del pequeño Gabriel a Ana Julia disminuyera o la turbara tanto como para justificar el crimen.

De nada sirvieron los sollozos de Quezada, de 45 años y autora confesa de la muerte del niño de ocho años, al presentarse como una infeliz que en un golpe de ira acaba de forma accidental con la vida de un niño que, según indicó, le insultó porque quería que sus padres volvieran a estar juntos tras su divorcio. Tampoco los esfuerzos de su defensa para resaltar la “chapuza” en que se convirtió el crimen, con el pequeño enterrado en una pequeña oquedad en la propia finca familiar, lugar de paso de varios de ellos, por la urgencia de la situación o la ruta errática que siguió la acusada el día que recuperó el cadáver para intentar deshacerse de él. Un viaje sin rumbo, según ella bajo el efecto de los ansiolíticos, y que culminó cuando fue detenida instantes antes de llegar a su vivienda donde tenía intención de suicidarse. “¿Cómo le iba a decir a su padre lo que había pasado?”, se justificó en su declaración.

A ojos del jurado, la batería de pruebas esgrimidas por los agentes de la Guardia Civil que investigaron el caso ha sido suficiente para desmontar punto por punto ese relato que la defensa mantuvo hasta el final. Unos testimonios que pusieron de relieve la personalidad mentirosa y calculadora de Ana Julia, a la que ni su hija quiso ver. Pero también sus esfuerzos desde el primer momento para tratar ocultar lo ocurrido, erigiéndose portavoz del padre del menor, Ángel Cruz, y conociendo así de primera mano los detalles de la investigación a fin de poder adelantarse unos pasos e incluso dirigir las sospechas del caso contra una expareja con la que acabó mal.

En su declaración de culpabilidad, el jurado ha tenido en cuenta la premeditación de Ana Julia y la situación de prevalimiento sobre el menor, ya fuera por la superioridad física o la sorpresa de Gabriel ante un ataque que se produjo por parte de una persona del entorno más cercano. Circunstancias estas que a ojos del tribunal permiten establecer la agravante del parentesco.

Ana Julia Quezada (c), autora confesa de la muerte de Gabriel Cruz, durante el primer día de juicio en la Audiencia de Almería. Foto: EFE / CARLOS BARBA

La autopsia realizada por los forenses del Instituto de Medicina Legal (IMD) también ha sido un elemento de peso en la decisión del jurado a la hora de descartar el ensañamiento que reclamaba la acusación particular, pese a que los forenses establecieron que el forcejeo con el menor tapándole la boca y la nariz pudo durar más de 10 minutos. Según este informe oficial, los golpes que presentaba el cuerpo del niño se produjeron a causa de ese forcejeo y el instinto de supervivencia del niño. De esta forma, el jurado no da por probado que se produjera una “somanta de palos”, como lo definió la acusación particular en base al informe médico (que no forense) aportado por la familia, tras la cual el niño quedó “aturdido durante 45/90 minutos, tiempo tras el que la acusada, se subió sobre el niño tapándole la boca y la nariz, hasta provocar su fallecimiento”.

Respecto a los delitos de lesiones psíquicas y contra la integridad moral de cada uno de los progenitores, el jurado ha valorado que el fingimiento de Ana Julia en los días posteriores a la desaparición del menor se produjo con intención de causar mayor dolor a los padres, con quienes permaneció alentándoles.