Desde hace solo unos días disponemos de un informe jurídico que cuenta con una batería de medidas que nos permitirán proteger la Semana Santa de los continuos ataques que recibe y que podría recibir en un futuro, tanto a corto como a medio y largo plazo. Yo mismo, en mi condición y responsabilidad de notario, católico y cofrade, he concebido este estudio precisamente para analizar la actual situación jurídica de la Semana Santa, y, por supuesto, alcanzar una mayor protección del que es un derecho fundamental recogido por la Constitución Española: la libertad religiosa, ideológica y de culto. Para empezar, entiendo que es absolutamente necesaria la declaración de la Semana Santa como Patrimonio Inmaterial Cultura de la Humanidad. Lo entiendo así porque el patrimonio cultural no se limita a monumentos y colecciones de objetos, sino que comprende también tradiciones o expresiones vivas heredadas de nuestros antepasados y transmitidas a nuestros descendientes, y ante esto el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio, del cual la Semana Santa forma indudablemente parte del mismo. Otro de los objetivos que persigue este informe es la declaración por Ley de la Semana Santa como Patrimonio Cultural. ¿Que por qué? Pues porque la Semana Santa es cultura del pueblo español, es una tradición popular que existe en la realidad social española y está muy viva como «manifestación cultural común» de carácter religioso, y desde la ley se tiene que reforzar y reconocer el carácter de cultura y tradición, y por ello se debe definir el concepto de Semana Santa. También hay que establecer una regulación fiscal para las prestaciones de servicios relacionadas con la Semana Santa. Es necesaria la revisión y adaptación de determinadas actividades a la realidad social y fiscal actual. Entre otras cosas, la declaración de la Semana Santa como cultura trae como consecuencia que todas aquellas prestaciones de servicios que no estén exentas del IVA tributen al tipo reducido del 10 por ciento. Hay elementos que igualmente considero necesarios, como la formación de órganos de gobierno autonómicos. A día de hoy entiendo que es imprescindible la creación de un Consejo Autonómico de hermandades y cofradías de Andalucía. Como derecho constitucional, uno de los objetivos de futuro debe ser la constitución de la «Fundación Semana Santa». Con la misma se persigue la defensa de los fines católicos, piadosos y sociales de las hermandades y cofradías del territorio nacional, así como la defensa de los intereses comunes a través de la gestión de la dotación inicial. La situación actual que vive la Semana Santa debe ser objeto de un profundo análisis desde todos los sectores que participan en ella. Por ello, uno de las necesidades es la puesta en común de las inquietudes presentes y de futuro que puedan ser objeto de debate y qué mejor manera que en el marco de un Congreso Nacional.

* Notario.