El notario Rafael Bescansa pide que los palcos y sillas de la Semana Santa estén exentos del IVA, porque sostiene que «la fiesta religiosa ha de considerarse un bien inmaterial cultural» y defiende la exención del impuesto por el «vínculo de acuerdos con la Santa Sede», informa el jurista en una nota de prensa.

El notario reclama una protección fiscal de la Semana Santa en respuesta a la aplicación del 21% de IVA que lleva consigo el alquiler de palcos y sillas en la carrera oficial. Además, el jurista pide a este respecto que la festividad religiosa por excelencia sea considerada como un «bien inmaterial cultural» y que, por tanto, el IVA aplicado a las citadas tribunas que usan los ciudadanos para ver las procesiones en el entorno de la Mezquita-Catedral tributen a un máximo del 10% y deja abierta la posibilidad a la exención del IVA.

Bescansa afirma en la nota que no debería discutirse la aplicación del 10% de IVA a la hora de alquilar los palcos y sillas de la carrera oficial por parte de la Agrupación de Cofradías en el caso de Córdoba. Para defender la exención del impuesto, el notario recurre al vínculo de acuerdos con la Santa Sede.

Así responde el jurista después de que Hacienda haya comunicado a todos los consejos de Cofradías de Andalucía, entre ellos la Agrupación de Hermandades de Córdoba, la obligación de repercutir el IVA a los usuarios de estas tribunas ubicadas en la carrera oficial. El detonante es la respuesta de la Dirección General de Tributos (V-3622/16) a una consulta formulada desde Murcia. «La consecuencia es que hay que pagar el IVA por los palcos y sillas en todas las ciudades y nos repercute a todos», sostiene en la nota.

La Agrupación de Cofradías, según este jurista, tendría que tributar como impuesto de sociedades y donaciones. «Todas las cofradías tienen además unos ingresos sujetos y otros no sujetos, entre los que se encuentra la cuota de los hermanos. Actividades como los ingresos de una cruz de mayo, una tómbola o la venta de medallas y estampas de sus titulares generan IVA y si alcanza una cuantía tendrían la obligación de tributar por sociedades», aclara el notario.