El Córdoba recibió la pasada semana el último revés en el Tribunal de Arbitraje Deportivo europeo (TAS), con sede en Lausana (Suiza), que rechazó su demanda para que el fondo de inversión que tiene los derechos económicos de Sebas Moyano (Sport Global Rights ZEC) abonase los 730.000 euros por el jugador blanquiverde. Esta operación, de la que ha ido informando este periódico en los dos últimos años, se enmarcaba en una de mayor espectro, a través de la cual la entidad blanquiverde intentaba conseguir por medio de la cesión de una obra de arte la conversión de la deuda pública a corto plazo con la Agencia Tributaria en deuda a medio y largo plazo con un privado, operación que acabó de manera tormentosa para la entidad blanquiverde y que se inició en la segunda parte de la temporada 2013/14, campaña que finalizó con el ascenso a Primera en el Gran Canaria. A partir de ahí, el fondo de inversión entiende que el club incumplió lo firmado y no recurrió a todos los estamentos tributarios y judiciales del país tal y como le obligaba el contrato firmado, mientras que el Córdoba aseguraba lo contrario y reclamaba, por tanto, el pago por Sebas Moyano.

En el laudo, el TAS deja acreditado el rechazo a la petición del Córdoba de que Sport Global Rights ZEC (RGS) abone esos 730.000 euros, por lo que la entidad blanquiverde tendrá que registrar un apunte contable a pérdidas en sus registros por el mismo importe, toda vez que en las cuentas de la 2014/15, y anunciado por el propio Carlos González dos semanas después del ascenso a Primera, se especificaba un ingreso por esa cantidad por "la venta de Sebas Moyano a un fondo de inversión”, con el objetivo de “cumplir con las exigencias económicas” de la Liga de Fútbol Profesional. González habló de nuevo de “venta” en la junta de accionistas cuando no sólo no se había producido dicho ingreso, sino que -como ha refrendado ahora el TAS- era complicado que lo hubiera. Al no producirse de facto esa entrada en los ingresos, tocará ahora inscribir en negativo ese fallido abono por el jugador canterano. Además, en el laudo se especifica que las costas del proceso serán a cargo del Córdoba en un 75% de su importe (el resto, a cargo de SGR) y también obliga al club blanquiverde a pagar 40.000 euros, más el aumento anual por intereses del 17% de otras obligaciones con respecto al jugador. Por si fuera poco, la defensa del club ha estado a cargo del despacho del prestigioso abogado deportivo Juan de Dios Crespo, con lo que teniendo en cuenta su minuta no es aventurado afirmar que el coste contable para la entidad blanquiverde sobrepasa, en mucho, el millón de euros.

No termina aquí el varapalo judicial para el Córdoba. Según pudo saber este periódico, SGR ya tiene interpuesta una demanda en un juzgado español y tiene intención de presentar otra. Esta última podría llevar aparejada la reclamación de casi dos millones de euros en base al laudo del TAS. Y, finalmente, puede haber una reclamación judicial más. La del propietario de la obra en cuestión, Juan González Quirós, conde de La Carrera, que tiene en estudio legal la presentación de una reclamación por daños y perjuicios, ya que en los tres últimos años no ha podido mover la obra de arte, de la que el Córdoba, por aquel acuerdo inicial del 2014, tenía los derechos para su uso y desplazamiento. En estos tres años, la entidad blanquiverde no ha emitido el pertinente certificado dando libertad a su legítimo dueño para poder disponer de la obra artística y, de hecho, éste no pudo utilizarla en una reciente exposición sobre Dalí (del que fue amigo) en Rusia.

Este periódico intentó recabar la opinión del Córdoba sobre el laudo del TAS, aunque se remitió a la comparecencia pública que tiene prevista realizar su presidente, Alejandro González, la próxima semana. El único comentario realizado por el propio club es que éste entiende que el laudo no da la razón a ninguna de las dos partes, aunque ampliará dicha valoración.

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