Cambio en los radares de la DGT: a partir de ahora, a partir de ahora multan a esta velocidad

La Dirección General de Tráfico está poniéndose seria con los controles de velocidad: hace escasos meses, puso en marcha un nuevo dispositivo, los radares invisibles, para hacer un registro más eficiente de las infracciones en las carreteras.

En el marco de esta operación junto a la Policía y la Guardia Civil por aumentar la fiscalización de la velocidad, especialmente en los tramos más peligrosos de la carretera y donde se registran más siniestros, se ha probado una orden ministerial que cambia algunos aspectos técnicos de los radares: el control metrológico y, en consecuencia, su homologación.

En total, en España hay 2.000 radares, de los cuales 1.400 son móviles, 790 son fijos y 100 son de tramo: hasta la fecha estábamos acostumbrados a pasar a una velocidad ligeramente superior de la permitida por ellos sin que se registrara como una infracción y se aplicara la multa correspondiente. Pero, a partir de ahora, eso ha cambiado.

Radares contra los excesos de velocidad en España

Los radares o cinemómetros son una de las principales herramientas para controlar el tráfico en las carreteras y autopistas. Con ellos, las autoridades de tráfico como Guardia Civil o Policía Nacional pueden saber exactamente a qué velocidad circulan los distintos vehículos que transitan la carretera Estos radares envían ondas de radio o microondas hacia un vehículo en movimiento y miden la velocidad a la que se está desplazando en función de la frecuencia de las ondas reflejadas. 

En España, los radares de velocidad se utilizan para la aplicación de multas a los conductores que superan los límites de velocidad establecidos. Aunque la utilización de radares de velocidad para la aplicación de multas es un tema polémico, su uso ha demostrado ser efectivo en la reducción de accidentes de tráfico y en el aumento de la seguridad vial en general.

Nueva velocidad en los radares

Hasta ahora, el margen de error de los radares de la DGT era de 5 kilómetros en los radares fijos y 7 kilómetros en los radares móviles. Es decir, si el límite de velocidad estaba en 100 km/h y circulábamos a 104 por un tramo donde había un radar fijo, no recibíamos una multa.

Ahora, con la aprobación de la nueva orden ministerial, los márgenes han cambiado: en los radares fijos, la velocidad máxima será de 3 km/h en límites inferiores a 100 km/h, mientras que será del 3% en las superiores. Por otro lado, los radares móviles pasarán a saltar cuando se superen los 5 km/h en los tramos limitados a 100 km/h o menos y un 5% en los superiores.