Los patinetes eléctricospatinetes eléctricos son cada vez más populares y su demanda sigue en aumento, por lo que la Dirección General de Tráfico (DGT) Dirección General de Tráfico (DGT)ha ido estableciendo en los últimos años una serie de normas, que ha recogido en la nueva Ley de Tráfico,para mejorar la seguridad vial de todos los usuarios de la vía. Una de las normas más destacadas de dicha ley es que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), donde se encuentran catalogados los patinetes eléctricos, pasan a ser vehículos como tal. Por ello, al igual que el resto de conductores, los usuarios de patinetes eléctricos también tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas que les soliciten los agentes de Tráfico, tal como nos recuerda la DGT en su perfil oficial de Twitter.

Si tras realizar la prueba el conductor del patinete da positivo en alcohol o drogaspositivo en alcohol o drogas, será sancionado con la misma cuantía económica que si condujera otro tipo de vehículo: si la tasa de alcohol sobrepasa el máximo permitido, la multa será de 500 o 1.000 euros, en función de la tasa. Por su parte, si el conductor tiene presencia de drogas en el organismo, recibirá una multa de 1.000 euros. En ambos casos, los agentes de Tráfico inmovilizarán el patinete eléctrico, tal y como ocurre con el resto de vehículos.

En caso de que el conductor se niegue a realizar las prueba de alcohol o drogas, será denunciado como infracción administrativa.

Otras multas para los patinetes eléctricos

La nueva Ley de Tráfico establece otras multas para castigar las malas conductas de los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal.

USO DEL TELÉFONO MÓVIL: los conductores de patinetes eléctricos tienen prohibido circular mientras manipulan el teléfono móvil o cualquier otro sistema de comunicación. El incumplimiento de esta medida supone una sanción económica de 200 euros.

USO DE AURICULARES: el uso de auriculares o cascos conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido mientras se conduce un patinete eléctrico supone también una multa de 200 euros.

CIRCULAR POR ACERAS: el artículo 121 del Reglamento General de Circulación prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras y zonas peatones. Como los patinetes eléctricos son considerados vehículos, tienen totalmente prohibido circular por las aceras. El incumplimiento de esta norma es sancionable con 200 euros de multa.

CIRCULAR CON PASAJERO: Los patinetes eléctricos sólo están autorizados para transportar a una persona, por lo que circular con pasajero en el patinete es sancionable con 100 euros de multa.

CIRCULAR SIN PRENDRAS REFLECTANTES O SISTEMA DE ALUMBRADO: por motivos obvios de seguridad, los patinetes eléctricos tienen prohibido circular de noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes. El incumplimiento de esta norma será considerado conducción negligente y sancionado con 200 euros de multa.

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