La Gerencia de Urbanismo cumplió ayer lo que anunció el lunes. Los miembros del consejo rector, reunido con carácter extraordinario, acordaron por unanimidad hacer borrón y cuenta nueva e iniciar por segunda vez el expediente sancionador contra Arenal 2000 por construir sin licencia las naves ubicadas en la antigua Colecor, después de que una sentencia haya anulado la multa de 24,6 millones de euros que pesaba sobre la empresa por haber caducado. El organismo municipal acepta así el consejo de la asesoría jurídica, a pesar de estar sorprendida por el fallo judicial y discrepar de su contenido.

Acuerdo unánime de todos los grupos

En momentos como este es mejor dejar de lado las discrepancias. Eso es lo que se traduce del comportamiento que tuvieron ayer los representantes de los tres grupos políticos del Ayuntamiento que forman parte del consejo rector. Hasta ahora los temas relacionados con el empresario Rafael Gómez habían sido muy controvertidos y habían suscitado opiniones contrarias entre IU, PSOE y PP, pero esta vez las diferencias se han suavizado. "No es momento de sacar tajada electoral, de pedir dimisiones", aclaró el portavoz de la oposición, el PP, José Antonio Nieto, tras salir de la reunión que se celebró a media mañana en Urbanismo. Tampoco de "crear un problema interno en el gobierno municipal". En definitiva, el PP considera que lo mejor es que "no haya división". Lo mismo ha pensado el PSOE, que, tal y como señaló tras el consejo Victoria Fernández, también le dio el visto bueno a la recomendación de acatar la sentencia y de emprender de nuevo el expediente sancionador contra la empresa de Gómez, aunque, eso sí, dejando entrever que el contenido de la misma es muy discutible. Como también lo hizo el presidente de Urbanismo, Andrés Ocaña, que insistió en que "el procedimiento seguido ha sido el correcto".

Sorpresa y discrepancias

La sentencia del juzgado Contencioso número 1 de Córdoba ha causado gran sorpresa. Y entre los sorprendidos está la propia Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, cosa que pone de manifiesto en el informe emitido tras conocer el fallo judicial, visto ayer en el consejo rector. En el mismo muestra "su total discrepancia al entender que no se ajusta a derecho". Es más, en el documento admite que "lo consecuente" sería interponer un recurso de apelación --cosa que el titular jefe de la asesoría advierte que haría "en casos y circunstancias no tan singulares"--, pero, finalmente, aconseja acatarla por el riesgo de prescripción que tiene la multa si se espera a que el TSJA emita su sentencia, que podría tardar, al menos, seis meses. Por ello, pide al presidente de la Gerencia de Urbanismo que dicte y notifique ‡3"a la mayor brevedad posible" a Arenal 2000, y siempre antes del 27 de marzo, la nueva resolución con el reinicio del expediente. Lo que habrá que determinar en el nuevo expediente es la cuantía de la multa. Ocaña recordó que existe un informe técnico que establece la cantidad, basada en la ejecución de la obra sin licencia, que habrá que revisar y hacer una nueva propuesta sobre la valoración realizada en su día. Urbanismo cuenta a su favor con "un trabajo recorrido y hecho", según Ocaña.

Dudas sobre la suspensión

Una de las cuestiones más controvertidas de la sentencia es la de si se debe suspender o no un expediente cuando la Fiscalía tiene abiertas diligencias. Esta ha sido una de las razones por las que el Ayuntamiento ha sobrepasado el plazo de tiempo que tenía, en opinión del juez. La Asesoría Jurídica recuerda en su informe que formuló alegaciones basándose en pronunciamientos del Tribunal Superior y en el artículo 195.4 de la LOUA. La interpretación que hace ahora en el documento es que el juez no solo acepta esas alegaciones sino que choca con su propia providencia. Así, alude a que el fallo judicial reconoce que el planteamiento expuesto en la providencia "no fue plenamente riguroso" y que omitió el artículo 195.4 de la LOUA. El informe señala que, a pesar de eso, el juez "fuerza una nueva interpretación según la cual tampoco debía suspenderse el procedimiento", y es que las diligencias de la Fiscalía no se iniciaron por comunicación del Ayuntamiento, sino por la denuncia de un particular. La Asesoría Jurídica no entiende cómo "la nitidez de la norma puede conducir a la conclusión de la sentencia", que, en definitiva, dice que, si la Administración se lo comunica a la Fiscalía, sí se suspende el procedimiento, pero si es al revés, no. La Asesoría Jurídica no comprende esto y menos después de que Urbanismo "dispusiera la suspensión en base al artículo 195.4 y así se lo comunicara expresamente" a la Fiscalía al remitirle la documentación requerida y a pesar de que, "una vez decretado el archivo de las diligencias, la Fiscalía se lo comunicara a Urbanismo para que prosiga con la tramitación de los expedientes administrativos incoados...". Al margen de este galimatías, el informe concluye manifestando su respeto al pronunciamiento judicial.

Pendientes del plan especial

Mientras el expediente sancionador sigue su curso en una carrera contrarreloj que acaba el 27 de marzo, el Ayuntamiento tiene otro proceso abierto del que depende la legalización de las naves edificadas sin licencia. El Ayuntamiento encargó hace unos meses a una asesoría externa la elaboración del nuevo plan especial de la carretera de Palma, que es el que define los usos del suelo sobre el que se asientan las naves y que una sentencia del TSJA tumbó hace un año, entre otras cosas por haber sido impulsado por inicitiva privada. Ocaña no aclaró qué efectos tendrá su aprobación en la sanción, así como la del posterior proyecto de actuación para regularizar las naves, que también fue aprobado por el Ayuntamiento el año pasado, pero que ha quedado sin efecto como consecuencia del fallo del TSJA. La formulación del plan ‡3"se está ultimando y queda poco ya‡"‡1, según anunció Ocaña, que avanzó que cuando esté redactado, se revisará y se reiniciará su tramitación.