Condenado por el Supremo
La Fiscalía apoya un indulto parcial para García Ortiz porque su condena tuvo consecuencias "intensas y desproporcionadas"
Dos particulares solicitaron el indulto total del exfiscal general del Estado condenado por revelación de datos reservados de la pareja de Isabel Díaz Ayuso

Archivo - El ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz en una foto de archivo. / Gustavo de la Paz - Europa Press - Archivo
La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, defiende la aplicación de un indulto parcial al que fuera fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz al considerar que su condena a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de datos reservados "ha generado consecuencias extrapenales intensas y desproporcionadas".
"No puede desconocerse, que ausente todo motivo de lucro, la actuación del penado tuvo como finalidad preservar el buen nombre de la institución por él presidida ante los ataques que cuestionaban el quehacer profesional de los fiscales en un asunto de enorme interés mediático e incluso su propia actuación al imputársele falsamente, y así está reconocido, un comportamiento no acomodado al ordenamiento jurídico", señala el informe sobre la condena por revelar datos del procedimiento por fraude a Hacienda en el que está incurso el empresario Alberto González-Amador, pareja de la presidenta madrileña.
El Ministerio de Justicia tramita desde enero esta petición, después de que dos particulares solicitaran su indulto total al considerar "no considerar admisible que el sistema judicial vuelque su máximo rigor contra quien ejerce la transparencia" y por "suponer la condena un ataque directo al principio de rendición de cuentas al inhabilitarse a una autoridad que aclara una manipulación informativa".
A juicio de la Fiscalía, el indulto parcial que le debe ser concedido a García Ortiz busca una reducción de la pena de inhabilitación especial para el cargo de fiscal general que fue impuesta por dos años en la condena que dictó contra él el Tribunal Supremo. "Dicha minoración comporta, en exclusividad, el acortamiento de los plazos para la cancelación de los antecedentes penales con las consecuencias a ello inherentes en la vida civil y desarrollo profesional".
Antecedentes
Entre los trámites que han precedido a la emisión de este informe, que se sumará al que realice el tribunal sentenciador antes de que el Gobierno tome una decisión definitiva, consta un requerimiento la Delegación de Gobierno de Madrid. Esta institución, una vez consultada la base de datos de la Unidad de Derechos Ciudadanos, acredita que "no consta ningún dato relativo a expedientes sancionadores que hubieran podido tramitarse en los tres últimos años, no constando antecedentes policiales tampoco ni en la base de datos del Cuerpo Nacional de Policía ni de la Guardia Civil".

Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, declarando en el juicio contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el Tribunal Supremo. / EUROPA PRESS
La Fiscalía tiene en cuenta que el ex fiscal general asumió en todo momento la responsabilidad en la confección de la nota de prensa informativa que está en la base de su condena. "El penado ha estado siempre a disposición del Tribunal, ha renunciado a su cargo al conocer el sentido del fallo, ha atendido cuantos requerimientos le han sido efectuados en la fase ejecutiva de la pena, habiendo hecho entrega de todas las cantidades que le han sido requeridas tanto para el pago de la multa impuesta como para el abono de la responsabilidad civil", añade.
No es revisar al Supremo
Según la propia Sánchez Conde, la concesión del indulto a García Ortiz no equivale a desconocer la sentencia "ni pretende revisar los hechos que se han considerado acreditados ni su calificación jurídica", ya que solo se encamina a tomar en consideración "si la ejecución íntegra de la pena resulta necesaria, proporcionada y útil desde la perspectiva de la justicia, la equidad y la utilidad pública" en un supuesto que según el ministerio público "viene adornado por elementos singulares".

María Ángeles Sánchez Conde. / MINISTERIO FISCAL DE ESPAÑA
Entre ellos, la propia condición institucional del penado, la inexistencia de antecedentes penales, que en los hechos hubo total ausencia de beneficio personal patrimonial y que la causa "tuvo una repercusión pública extraordinaria, con una incidencia desorbitada sobre la reputación, carrera profesional y posición institucional del penado y, como ya se expuso, existe imposibilidad práctica de reiteración delictiva".
Por otra parte, incide en que la condena firme de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ya ha cumplido "las funciones retributivas a que estaba llamada" y, una vez García Ortiz abandonó el cargo de fiscal general tras conocer el fallo "la extensión de la pena de inhabilitación especial carece de gran relevancia" pues ya ha sido nombrada una nueva fiscal general, Teresa Peramato y además García Ortiz no puede ser renombrado.
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