Por la compra de mascarillas
El Supremo escuchará a Armengol y Torres en el primer juicio a Ábalos, Koldo y Aldama, pero descarta a Sánchez, Marlaska e Illa
La primera vista del caso Koldo por la compra de mascarillas por Transportes comenzará en el alto tribunal el 7 de abril
La Sala de lo Penal rechaza las nulidades y la celebración de careos entre el comisionista y el exasesor, así como que este se someta al polígrafo

El exministro Jose Luis Ábalos (3d), y el empresario Víctor de Aldama (i), durante la audiencia preliminar en el Tribunal Supremo. / JJ Guillén / EFE
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado juzgar al exministro José Luis Ábalos, a su exasesor Koldo García y al comisionista Víctor de Aldama por la compra de mascarillas por organismos dependientes de Transportes, después de Semana Santa, en concreto, a partir del próximo 7 de abril. En su resolución, en la que se rechazan todas las cuestiones preliminares planteadas por las partes en la vista del pasado 12 de febrero, el tribunal que juzgará a los tres acusados acuerda escuchar a un total de 75 testigos, entre los que se encuentran la presidenta del Congreso, Francina Armengol, y el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres.
Entre los testigos solicitados descartados figuran el presidente del Gobierno -cuya declaración pidieron las acusaciones populares, que actúan bajo la dirección letrada del PP-, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el presidente de la Generalitat, Salvador Illa, cuya declaración fue solicitada porque durante la pandemia era el responsable de Sanidad; sí declarará como testigo su jefe de Gabinete. Entre los testigos que declararán sí está la que era presidenta de Adif, Isabel Pardo de Vera, imputada en la Audiencia Nacional por su presunta participación en la otra pieza del caso, la del presunto amaño de comisiones.
La situación de la exsecretaria de Estado, cuyo testimonio habían solicitado todas las partes, es en cierto modo controvertido ya que un último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil apreciaba indicios de su presunta participación en la compra de mascarillas por la compañía responsable de las infraestructuras ferroviarias y Puertos del Estado a Soluciones de Gestión, la empresa apadrinada por Aldama. Ese informe fue el último cartucho con el que Ábalos y Koldo pretendían que este juicio se trasladara a la Audiencia Nacional.
En su auto, de 138 páginas, la Sala de lo Penal desestima todas las cuestiones previas planteadas por las defensas de Ábalos y Koldo García, quienes serán juzgados junto a Aldama, por los delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, integración en organización criminal, uso y aprovechamiento de información privilegiada, falsedad y prevaricación. Los dos primeros se enfrentan a la una petición de pena de 24 y 19 años y medio de cárcel, respectivamente, por parte del fiscal, y de 30, por las acusaciones, mientras que para el comisionista la petición se limita a siete años y medio de prisión.
Todos los del fiscal y Aldama
Los magistrados han aceptado escuchar durante el juicio a todos los testigos propuestos por la fiscalía y por Aldama; en el caso de Ábalos, también salvo en el caso de Grande-Marlaska. Fue él quien solicitó el testimonio de quienes eran presidentes de Canarias y Baleares, Ángel Víctor Torres y Francina Armengol, quienes está previsto que declaren en relación con las compras de mascarillas realizadas desde esas comunidades autónomas.
El tribunal rechaza a ocho de los testigos solicitado por Koldo (entre ellos, Marlaska e Illa) y 13 de los pedidos por la acusación popular, que, además de a Sánchez, también pretendía que comparecieran la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y la exministra de Industria Reyes Maroto.
En total se han aceptado más de 75 testigos, así como una veintena de peritos, entre ellos, los que analizaron los audios de Koldo a petición del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán. Entre los testigos admitidos también figuran la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano; el exsecretario de Estado de Interior Rafael Pérez Ruiz; el director general de la Policía, Francisco Pardo; el exgerente del PSOE Mariano Moreno, y los exjefes de Gabinete de los ministros de Sanidad e Industria. También testificarán los expresidentes de Renfe, Correos y Puertos del Estado, así como empresarios y familiares y allegados de los acusados.
Para no demorar enjuiciamiento
La Sala ha rechazado todas las nulidades de actuaciones planteadas por la representación de Ábalos y Koldo García en la audiencia preliminar. Además de descartar la necesidad de elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), como solicitaba la defensa de Koldo García, el tribunal rechaza que la Audiencia Nacional pase a ser el tribunal competente desde que Ábalos perdió su aforamiento -al renunciar al acta de diputado, el pasado 28 de enero-.
El auto reconoce que es un asunto de "trascendencia indiscutible", pero lo rechaza porque el "limite temporal claro" para establecer a quien corresponde el juicio lo estableció la apertura del juicio oral. "La competencia del Tribunal es inmune a la pérdida de la condición de aforado", sentencia. Igualmente, descartan la "violación del derecho a la doble instancia penal de los no aforados" y aluden a las "gravosas consecuencias que se derivarían para los acusados” de atenderse su petición de trasladar el caso a la Audiencia Nacional, porque "verían demorado sine die su enjuiciamiento".
Sin careo ni polígrafo
Entre las solicitudes de las defensas figuraba la realización de un careo entre Aldama y Koldo, así como que este se someta a la prueba del polígrafo. El tribunal rechaza su realización y señala que confrontar las versiones de ambos acusados "no es propiamente una prueba anticipada, ni un medio de prueba en sí mismo, sino complementario de otros", aunque será la Sala la que tenga la última palabra.
En cuanto al polígrafo, el tribunal señala que no "puede reemplazar la función de los tribunales de valorar las pruebas practicadas en el acto del juicio oral bajo los principios de publicidad, inmediación y oralidad; además de tratarse de una prueba que no tiene reconocida ninguna validez en el ordenamiento jurídico español". Además, recuerda que su práctica "podría imponer la efectiva renuncia del acusado a su derecho a no decir verdad". Igual destino sigue la reclamación de Ábalos y Koldo consistente en que se analizara los pagos que a través de distintas empresas les habría hecho Aldama, así como su capacidad económica.
El Alto Tribunal sí ha aceptado, como prueba anticipada, solicitar información a Globalia sobre el rescate de Air Europa y se requiere a la unidad de cumplimiento de Tragsa y Tragsatec para que aporten la investigación interna llevada a cabo en relación con la contratación de Jésica Rodríguez, quien en el propio Supremo admitió haber cobrado en las empresas públicas sin trabajar.
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