Rescate polémico
La justicia frena las intenciones del PP para que la Oficina de Conflicto de Intereses investigue el rescate de Air Europa
El PP consideraba que después de que se obligara a Óscar López a pronunciarse no se completó la investigación

La esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, interviene en la mesa redonda 'La igualdad no puede esperar', en el Ateneo de Madrid, a 10 de marzo de 2023, en Madrid (España). / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado la última petición realizada por el PP para que la Oficina de Conflicto de Intereses (OCI) entrara a investigar si el rescate millonario de Air Europa en 2020 se tramitó bajo la influencia de la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez.
Los de Núñez Feijóo consideraban que la sentencia dictada por este órgano el pasado mes de junio, y que obligaba al organismo dependiente del ministerio que encabeza Óscar López a pronunciarse, no había sido debidamente ejecutada. La Oficina solicitó determinada documentación y finalmente optó por descartar que Pedro Sánchez tuviera la obligación de abstenerse, puesto que su mujer no mantenía relación personal ni profesional alguna con la compañía aérea.
Por ello, los del PP presentaron recurso solicitando que no se diera por buena esta ejecución de la sentencia "por no haberse completado la actividad investigadora requerida". Pedían concretamente que se ordenara a la OCI comprobar "posibles relaciones del Grupo Globalia con el African Center del Instituto de Empresa" que dirigía Gómez. El Tribunal rechaza esta pretensión porque su sentencia "agota sus efectos con la investigación que la Oficina haya considerado" y que si no está de acuerdo la recurra.
Agrega que de la sentencia que dictaron en su día "no se desprende que deba realizarse una actuación de investigación determinada", y que por ello esta Sala "no puede ordenar que se lleve a cabo una actuación determinada". Según esta última resolución, la sentencia dictada el pasado mes de junio "no precisa actuaciones de investigación concretas que hayan de realizarse", y que desde la OCI "se ha llevado a cabo una labor de investigación y se llega a la conclusión que consta".

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López / Carlos Luján - Europa Press
En todo caso, los magistrados María Teresa Delgado, Cristina Cadenas, Ramón Fernández Flórez, José Ramón Giménez Cabezón y Luis Fernández Antelo, que son los que firman la resolución, avisan al PP de que, si entienden que es "insuficiente" la actividad de investigación de la Oficina de Conflicto de Intereses "o que se han realizado interpretaciones de determinados conceptos que no pueden sostenerse", "puede presentar un recurso" contra la resolución administrativa.
Documentación analizada
Según recuerda la sentencia, consta que desde la OCI se requirió información a determinados organismos y que estos fueron analizados, por lo que la sala entiende que "las actuaciones desplegadas son las estrictamente necesarias para comprobar si concurre alguno de los supuestos de la ley 3/2015 determinantes de la abstención del presidente del Gobierno en el caso concreto".
"Se examinan los acuerdos adoptados, y la información recibida sobre el hecho de que la Señora Gómez no ha desarrollado ningún cargo en las entidades concretas afectadas por el Acuerdo, ni funciones de dirección asesoramiento o administración", a lo que se añade que "no ostenta cargo ni actividad profesional o mercantil en la entidad Globalia Corporación Empresarial en la que se integran las entidades afectadas".
Eso sí, la sentencia reconoce que se rechazó investigar aspectos sobre la relación de la Señora Gómez con la Universidad Complutense de Madrid, ni a la Agencia Tributaria "por exceder de las competencias de la Oficina".
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