Nueva propuesta
¿Cómo se puede reformar la Constitución para blindar el aborto? El texto, los plazos y las mayorías necesarias
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una propuesta que confía en poder enviar al Congreso en enero

El Gobierno reconoce que no será sencillo incluir el derecho al aborto en la Constitución / Marta Fernández - Europa Press
El Gobierno quiere blindar el aborto y que este se convierta en un derecho constitucional. A raíz de la aprobación en el Ayuntamiento de Madrid de una iniciativa de Vox que exige informar a las mujeres que deseen abortar sobre la existencia de un supuesto 'síndrome post aborto', el Ejecutivo anunció hace dos semanas su intención de registrar una reforma de la Constitución en el Congreso para incluir el derecho a abortar y darle así una mayor protección. Este martes, el Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley para modificar la Carta Magna. Sin embargo, aún quedan bastantes pasos para su aprobación. A continuación, todas las claves:
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de ley que plantea reformar el artículo 43 de la Constitución, relativo a la "protección de la salud". El texto impulsado por el Gobierno de PSOE y Sumar plantea la introducción de un nuevo punto, el 43.4, que reconocería "el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo". "El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres", remata la propuesta.
La propia Constitución recoge dos vías para reformar el texto dependiendo de a qué partes afecte. En este caso, al tratarse de una reforma ordinaria, es el camino más fácil. El anteproyecto de ley que apruebe el Consejo de Ministros debe ser tramitado como cualquier otra ley. Así, al ser impulsado por el Ejecutivo, el primer paso necesario será recabar el informe preceptivo del Consejo de Estado. Después, y tras realizar las consultas necesarias, el Consejo de Ministros deberá volver a aprobar el texto para remitirlo al Congreso. Fuentes del Ministerio de Igualdad confían en poder dar este paso en enero.
Una vez en la Cámara Baja, el proyecto de ley será enviado a la Comisión Constitucional del Congreso, donde empezará su tramitación como una norma ordinaria. Sin embargo, tras ser debatido en comisión, el texto debe lograr el apoyo de tres quintas partes de la Cámara Baja, en lugar de las mayorías simples o absolutas que se suelen reclamar. En este caso, sería necesario el apoyo de 210 diputados. Después, la norma pasaría al Senado, donde también debería recabar el respaldo de tres quintos de los senadores, 159 en este caso.
Sí, para alcanzar estas mayorías es completamente imprescindible el apoyo del PP. Los partidos del Gobierno (PSOE y Sumar) y sus socios (ERC, Junts, EH Bildu, PNV, Podemos, BNG, Coalición Canaria, Àgueda Mico (Compromís) y José Luis Ábalos suman 178 escaños en el Congreso, muy lejos de los 210 requeridos. Por lo que el PP se tendría que sumar para alcanzar esa mayoría. Además, los populares tienen mayoría absoluta en el Senado, por lo que no se podría aprobar nada en la Cámara Alta si ellos no están a favor.
Hasta el momento, la Constitución se ha reformado en tres ocasiones, siempre por el procedimiento ordinario. La primera en 1992, cuando se firmó en Maastrich el Tratado de la Unión Europea que reconocía el derecho de los ciudadanos de todo el espacio a presentarse a las elecciones locales de otros países. La segunda en 2011, en mitad de la crisis económica que arrancó en 2008, para garantizar el principio de estabilidad presupuestaria vinculando a todas las Administraciones Públicas. La última, esta misma legislatura, para sustituir el término "disminuido" por "personas con discapacidad". El acuerdo fue fraguado entre el PP y el PSOE.
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