Designación de Álvaro García Ortiz
El Supremo avala que el fiscal general es apto para el cargo a un día de su declaración como imputado
Cinco magistrados desestiman la demanda presentada por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, que pidió dejar sin efecto su renovación por el Consejo de Ministros por su "manifiesta arbitrariedad"
El TC revisará la sentencia del Supremo que anuló el ascenso de Dolores Delgado por "desviación de poder" de García Ortiz, al admitir a trámite el recurso de la exfiscal general por siete votos frente a cinco

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, en el Centro de Estudios Jurídicos, a 15 de enero de 2025, en Madrid (España). / Mateo Lanzuela - Europa Press
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado por unanimidad anular la decisión que adoptó el Consejo de Ministros en diciembre de 2023 de renovar a Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado. La sentencia descarta que se le pueda declarar no apto para el cargo, pese a que alguno de sus decisiones o nombramientos hayan sido anuladas por el propio alto tribunal, puesto que "ni aisladamente, ni en su conjunto, muestran el incumplimiento grave y reiterado de sus funciones", que esgrimían los recurrentes. La decisión se conoce en un momento especialmente delicado para el máximo responsable de la carrera fiscal, la víspera del día en el que debe acudir a declarar como imputado en la causa en la que se investiga una presunta revelación de secretos de la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
La demanda, presentada en abril del pasado año por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), argumentaba que la decisión del Gobierno incurría en una "manifiesta arbitrariedad" porque se adoptó sin suficiente motivación y pese a que el ya fiscal general carecía del aval de idoneidad del Consejo General del Poder Judicial. Todo ello tras una decisión del propio alto tribunal que consideró "desviación de poder" la decisión del propio García Ortiz de proponer a Dolores Delgado, su mentora y predecesora en el cargo, para un puesto de fiscal de Sala, el de más alto rango en la carrera fiscal.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso rechaza la demanda, que apelaba a los asuntos más polémicos del mandato de García Ortiz al frente de la Fiscalía General del Estado. La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado José Luis Requero, del ala más conservadora del tribunal, constata el amplio margen de discrecionalidad que confiere al Gobierno el artículo 124.4 de la Constitución, que exige que se pida informe al Consejo General del Poder Judicial para nombrar a un fiscal general, lo que no convierte su dictamen en vinculante. De ahí que el hecho de que lo declarara no idóneo no es motivo para cesarle.
La Sala señala que su misión de control de la actuación del Ejecutivo no puede privar a este de su facultad constitucional para elegir al que considere más adecuado como fiscal general y que las causas de cese anticipado previstas en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, esgrimidas por la asociación, no sirven para valorar esa idoneidad. El fallo descarta uno a uno los hechos alegados por la APIF -a la que se condena al pago de costas, que no pueden exceder los 4.000 euros-, porque "ni aisladamente ni en su conjunto muestran el incumplimiento grave y reiterado de sus funciones, que han de ser las que la Constitución encomienda al ministerio fiscal, no actuaciones concretas en materia de personal". Algunos de los que alegaba son incluso anteriores a su nombramiento como fiscal general y se produjeron cuando era el jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General a las órdenes de Dolores Delgado.
Entre ellos también figuran la circular que dictó en relación con la ley del Sí es Sí, respecto a la que el Supremo señala que no tiene relevancia que no fuera seguida "enteramente" por la Sala de lo Penal, o las discrepancias que el caso Tsunami Democràtic provocó en el ministerio público y hasta el procedimiento que se le ha abierto por revelación de secretos y en el que este miércoles está citado a declarar.
También se hacían eco los querellantes de su negativa a informar la proposición de ley de amnistía, donde la Sala le da la razón en "no es competencia del Consejo Fiscal elaborar informes sobre proposiciones de ley", o los ataques que recibieron los fiscales del 'proces', que reclamaron el amparo de la cúpula del ministerio público. En este punto la sentencia señala que "reacción hubo y se plasmó en una declaración unánime del Consejo Fiscal", en la que se les amparó, pero resta importancia a que no se extendiera a los jueces y fiscales porque eso es competencia del CGPJ, no del fiscal general.
Y especialmente elocuente es la argumentación que utiliza la resolución para rechazar que pueda ser cesado por la anulación del ascenso de Delgado. "La anulación de una sentencia en amparo, casación o apelación, no implica la inidoneidad del juez o tribunal que la hubiere dictado, ni la declaración de inconstitucionalidad de una ley implica la inidoneidad para ejercer la potestad legislativa. Y, por cierto, ya hemos visto que la Sala Segunda archivó la querella por prevaricación por este hecho", afirma la resolución para rechazar que ello pudiera suponer su cese.
Así la sentencia concluye que "la ilegalidad apreciada judicialmente de algunas, pocas, decisiones del fiscal general del Estado, incluso, por desviación de poder, no significa el incumplimiento grave y reiterado de sus funciones constitucionales y recuerda que la anulación o la declaración de nulidad de actos administrativos o de disposiciones generales no implica la inidoneidad para el cargo de la autoridad que los haya dictado".
El abogado de APIF en el procedimiento penal, Juan Antonio Frago, ha tenido palabras de apoyo a la letrada que representó a la asociación en los Contencios, Elisa de la Nuez, en la red X. Además, se muestra esperanzado en cómo se desarrolllará la causa en la que este miércoles está previsto la declaración de García Ortiz. Así, afirma: "Como siempre, el penal tendrá que acabar el trabajo que el contencioso siempre se niega a hacer".
El nombramiento de Delgado en el TC
Por su parte, el pleno del Tribunal Constitucional ha acordado revisar la sentencia del Tribunal Supremo que anuló el ascenso de Dolores Delgado a la máxima categoría fiscal, al admitir a trámite su recurso de amparo. La admisión ha sido adoptada por siete votos frente a cinco. Los cinco magistrados de sensiblidad conservadora, Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macias, han anunciado la redacción de un voto particular. Espejel conservará la ponencia, aunque era partidaria de rechazar el recurso de la exfiscal general.
Se trata de la misma división que se vivió con la impugnación de Eduardo Esteban como fiscal de Sala de Menores en el pleno anterior. El Constitucional considera que el recurso de amparo de Delgado debe ser admitido porque concurre en él una especial trascendencia constitucional, al plantear un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal en un asunto que trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica relevante y con general repercusión social y económica.
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