Tribunales
La jueza retrasa la amnistía por la causa de los preparativos del 1-0 y envía el asunto a juicio
"Seguimos en el limbo", ha asegurado el abogado penalista David Aineto, que defiende a algunos encausados

Votantes del 1-O, en un colegio electoral de Barcelona. / FERRAN SENDRA
J. G. Albalat
La pelota sobre la aplicación de la amnistía para la cuarentena de exaltos cargos y empresarios de la Generalitat procesados por los preparativos del 1-O va de tejado en tejado. Ahora, la Audiencia de Barcelona ha validado la conclusión del sumario dictada por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, el pasado 25 de septiembre pasado, y ha rechazado el recurso presentado por la fiscalía, según la resolución a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. Este fallo judicial colisiona con la decisión del pasado octubre del mismo tribunal de la Audiencia que urgía a la magistrada instructora a resolver si aplicaba o no la ley de amnistía. A pesar de ello, la togada ha elevado otra vez el procedimiento al tribunal juzgador, con lo que se vuelve a retrasar la decisión sobre la ley del perdón. "Seguimos en el limbo", ha asegurado el abogado penalista David Aineto, que defiende a algunos encausados.
El embrollo jurídico se inició cuando la Sección 21 de la Audiencia que eran la encargada de juzgar a los políticos, funcionarios y empresarios devolvió la causa a la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 13 de la capital catalana para que esta tomara una decisión sobre la amnistía, al haber incluido en las diligencias judiciales otros investigados, todavía no procesados, por el presunto desvío de fondos para la internacionalización del procés. Esta resolución judicial de octubre de 2024 sostenía que no es necesario dictar el procesamiento de estos últimos encausados para determinar si se les puede aplicar o no la ley del perdón, siempre que estén "perfilados con nitidez" los hechos.
¿Quién debe decidir?
En el auto, la Audiencia de Barcelona reiteraba que no era el órgano judicial competente para aplicar la amnistía y, por lo tanto, el sobreseimiento de la causa, al carecer de "cobertura legal" para poder realizarlo, sino que debe ser la jueza instructora. Es decir, la titular del Juzgado de Instrucción número 13, Alejandra Gil. El tribunal recordó entonces que el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena aplicó amnistió "las acciones y omisiones" susceptibles de constituir un delito de desobediencia y, en cambio, rechazó hacerlo respeto a la malversación de fondos públicos cuando el procedimiento todavía estaba en instrucción. Los magistrados aprovecharon esta resolución para resaltar la "deficiente técnica legislativa desde un punto jurídico" de la ley del perdón, que comporta la extinción de responsabilidad penal.
Entre los procesados por los preparativos del 1-O a los que se les atribuye diversos delitos se encuentran la expresidenta de la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA), Núria Llorach; los exdirectores de TV3 y Catalunya Radio, Vicenç Sanchis y Saül Gordillo, respectivamente; el que fuera delegado del Govern ante la UE Amadeu Altafaj; el exsecretario general del Diplocat Albert Royo y la exinterventora de la Generalitat Rosa Vidal, entre otros.
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