Diferentes tribunales están revisando en los últimos días a la baja condenas por delitos sexuales en aplicación de la "ley del sólo sí es sí", si bien en el caso de la Audiencia de Logroño no se ha rebajado ninguna de las 54 revisadas porque las penas entran en la horquilla aplicable en la nueva norma.

Algunas de las críticas vertidas esta semana a la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual se centran en la falta de una disposición transitoria que limitase los casos en los que se podrían revisar las condenas con la nueva tipificación de los delitos sexuales de la norma.

Sin embargo, el Código Penal contiene una disposición transitoria, la quinta, que establece que cuando la pena impuesta "sea también imponible" con arreglo a la nueva norma, es decir, entre dentro de la horquilla de penas contemplada, no tiene por qué revisarse.

"Ahí se nos dice que no se revisen las penas si la pena que se impuso es igualmente imponible conforme al nuevo Código (Penal) y solo depende del arbitrio judicial", ha explicado este jueves el presidente del Tribunal Superior de La Rioja, Javier Marca, en una entrevista en Onda Cero.

El magistrado ha indicado que el criterio de la Audiencia Provincial de Logroño es seguir esta disposición del Código Penal y ha señalado que en los casos revisados por este tribunal el castigo que recayó en el condenado es "perfectamente imponible conforme a la nueva legislación". Y ha añadido además que la Fiscalía ha informado siempre en contra de rebajar las penas, a diferencia de casos estudiados en otros tribunales, en los que no se ha opuesto.

Eso sí, Marca ha advertido al mismo tiempo de que hay condenas "que se van a revisar sí o sí, obligatoriamente", en el caso de que se haya impuesto el límite inferior o superior de la pena contemplada en la nueva ley.

"Las penas máximas y mínimas son intocables y, por lo tanto, la revisión se tiene que producir sí o sí", ha dicho, y ha explicado que si el delito de agresión sexual antes contemplaba una condena de 6 a 12 años y ahora es de 4 a 12 años, aquellos agresores condenados al mínimo posible (antes 6) ahora verán rebajado en dos años su castigo.

Eso no ocurriría, según el criterio de la Audiencia de Logroño, si estamos dentro de la horquilla de penas. "Si la pena va de 6 a 12 y te han puesto 7,8,9,10 u 11, pues ahí la revisión es más discutible", ha indicado.

En otros casos estudiados en otras Audiencias como la de Madrid y conocidos esta semana, los tribunales sí han rebajado las condenas al haberse impuesto las penas mínimas contempladas en el Código Penal.