El Juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid acaba de dictar un auto en el que acuerda aceptar el personamiento de la Xunta de Galicia y el Concello de Sada en la causa de los bienes del pazo de Meirás. El juez Roberto Fernández Muñoz rechaza las alegaciones de los Franco y acepta la intervención adhesiva simple de las dos administraciones como parte coadyuvante de la Abogacía del Estado. El juzgado ha convocado además una nueva vista para dirimir la procedencia de las medidas cautelares reclamadas por el Estado. Será el 25 de noviembre.

El juez rechaza todos los argumentos de los herederos del dictador y concluye que tanto el Concello de Sada como la Xunta de Galicia tienen un “interés legítimo y directo” en esta causa.

En el caso del Ayuntamiento sadense, el primero en solicitar el personamiento, el magistrado recuerda que el pazo de Meirás se ubica en Sada, que el Concello tiene competencias urbanísticas sobre el mismo y apela además al interés legítimo de esta administración local por velar por los bienes de dominio público situados en su territorio.

“En este sentido, resulta justificado el interés directo y específico del Concello en que la sentencia que se dicte declare que los bienes son de dominio público y que pertenecen al Estado”, argumenta el juez, que concluye que el Concello ha demostrado tener “un verdadero interés directo y jurídico” dado que, incide, “la gestión y explotación de los bienes cuya propiedad reclama el Estado pudiera corresponder a la referida entidad local”.

El juzgado concluye que la Xunta ostenta también un interés legítimo en la causa dado que tiene competencias en materias en patrimonio. “Como entidad territorial autonómica no solo puede ostentar derechos sobre los bienes sino una obligación constitucional sobre la base de los postulados del Estado autonómico para su conservación protección y defensa”, apunta.

El magistrado considera fuera de lugar las alegaciones de los Franco sobre la posible contradicción de la exposición de los bienes en litigio y las estipulaciones de la ley de memoria democrática. “El destino que el Estado pueda darle a los bienes en base a las leyes promulgadas o que puedan promulgarse y entrar en vigor hasta el dictado de la sentencia, si es favorable, exceden del objeto del pleito”, zanja.

El auto no es firme y los Franco pueden interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.

Vista de medidas cautelares

El juzgado ha convocado de nuevo la vista para dirimir la procedencia de las medidas cautelares reclamadas por el Estado para impedir que los Franco puedan retirar los 564 bienes que reclama en su demanda. Será el 25 de noviembre a las 10.30 horas.

El Concello de Sada ha sido el primero en expresar su satisfacción por la resolución judicial. El alcalde, Benito Portela recuerda que fueron los primeros en solicitar su intervención en esta causa como parte adhesiva simple. “Sada estivo, está e debe seguir estando presente alí onde se defenda a integridade patrimonial do pazo de Meirás. Non so en defensa dun ben de interese cultural senón tamén da memoria democrática e do interese xeral da cidadanía de Sada”, apunta.

El regidor, que se enfrenta a una moción de censura, afirma que el Concello estará presente en la vista de las medidas cautelares para apoyar las medidas solicitadas por el Estado e impedir que los Franco puedan retirar los bienes.