El ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, ha acudido este jueves a las instalaciones de las que sale, cada día, el Boletín Oficial del Estado (BOE). La elección del día no es casual. No obedece sólo a un afán por reconocer el trabajo de quienes allí trabajan, que también, sino a un objetivo político. Objetivo relevante para el Gobierno.

Después de su paso por el Congreso y de su más breve paso por el Senado, la nueva ley de memoria democrática, uno de los hitos del Ejecutivo de coalición, se ha publicado este jueves en el BOE y ya el viernes estará en vigor. Será de aplicación numerosas medidas que buscan que España sea un país y una sociedad más amistosos con su pasado. Un pasado turbulento que se ha convertido en un presente de democracia, modernidad y prosperidad.

Bolaños, cuando la ley se aprobó en el Congreso por 173 votos a favor y 159 en contra (hubo 14 abstenciones), estaba eufórico y así se expresó: “Espero que la entrada en vigor de esta ley se convierta en la mejor herramienta para lograr, de verdad, una reparación de las víctimas”. Reconoció que el país, su clase política al menos, llegaba tarde. Aprobar una norma así en 2022, destacó, revela las dificultades vividas. En la memoria reciente, las que se encontró el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero para impulsar la ley de memoria histórica, precedente de ésta. “Esta ley es una ley para el reencuentro”, afirmó el ministro.

Se compone de 66 artículos, 19 disposiciones adicionales, dos transitorias, y nueve finales. Entre sus ejes, la delimitación del periodo histórico al que concierne la regulación, el reconocimiento de las víctimas, de sus derechos de reparación; además, qué hacer con los símbolos y los títulos nobiliarios y qué hacer con las fosas de quienes aún no han sido desenterrados. El compendio es ambicioso. Aquí los aspectos más importantes, sus avances:

Hasta 1978

El artículo 1.2 establece que “es objeto de la ley el reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual, durante el período comprendido entre el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la Guerra de España y la Dictadura franquista hasta la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978”.

El “golpe de Estado del 18 de julio de 1936” es repudiado y condenado, así como “la posterior dictadura franquista”. Es importante, pues fue una de las principales reclamaciones de ERC, que el “régimen surgido de la contienda militar iniciada con dicho golpe militar” se declare “ilegal”. La ilegalidad alcanza hasta “la proclamación de un Estado Social y Democrático de Derecho" con "la entrada en vigor de la Constitución el 29 de diciembre de 1978, tras la Transición democrática”.

Delitos no amnistiables

Dice la norma que todas las leyes del Estado, incluida la de Amnistía, de 1977, propiciarán que “los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura” sean “imprescriptibles y no amnistiables”. ERC pidió la derogación de dicha ley de Amnistía, pero no lo ha logrado.

Clave para el desarrollo normativo es la definición de “víctima”. Será “toda persona, con independencia de su nacionalidad, que haya sufrido, individual o colectivamente, daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales, o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario durante el periodo que abarca el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la posterior Guerra y la Dictadura, incluyendo el transcurrido hasta la entrada en vigor de la Constitución española de 1978”.

Referencia destacada a las comunidades, las lenguas y las culturas vasca, catalana y gallega “cuyos hablantes fueron perseguidos por hacer uso de estas”. Y destacado, también, el reconocimiento al papel de las mujeres en el periodo objeto de la ley.

Dos efemérides relacionadas, según el articulado: el 31 de octubre será el día de “homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la Guerra y la Dictadura”, y el 8 de mayo, el de tributo “a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra y la Dictadura”.

Sentencias ilegales

Si el franquismo es ilegal, lo son también “los tribunales, jurados y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que, a partir del Golpe de Estado de 1936, se hubieran constituido para imponer, por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa, condenas o sanciones de carácter personal, así como la ilegitimidad y nulidad de sus resoluciones”.

Ilegales y nulos, y por tanto, esta consideración de la norma generará “el derecho a obtener una declaración de reconocimiento y reparación personal”. 

Registro de víctimas y consejo territorial

Habrá un registro de víctimas, y a partir de él, “un censo público de todas las víctimas de la Guerra y la Dictadura, así como de quienes murieron en combate durante la Guerra, con independencia de su nacionalidad”. En esta línea, una Oficina de Víctimas. Se hará una Memoria cuatrienal.

La norma da vía a libre a nuevas entidades, no sólo esta Oficina, sino además el Consejo Territorial de Memoria Democrática, el Centro de la Memoria Democrática, un Banco Estatal de ADN de las víctimas de la guerra y la dictadura, un Centro Documental de la Memoria Histórica (con sede en Salamanca), el Registro Estatal de Entidades y una nueva figura fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática.

Búsqueda

Se intensificará por parte de la administración competente la búsqueda de personas desaparecidas, y en ello será crucial “el mapa integrado de localización” que abarque todo el territorio. Lo hará la administración general del Estado.

Los terrenos de titularidad privada en los que se hallen restos podrán ser ocupados temporalmente con la correspondiente indemnización a cargo de los ocupantes.

Y si los restos se hallasen de forma casual, la persona o entidad habrá de comunicarlo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al Ministerio Fiscal o al Juzgado, quienes deberán ponerlo en conocimiento, a la mayor brevedad posible, de las autoridades competentes en materia de memoria democrática.

Reparación

El derecho a la reparación integral queda consagrado en la norma, y no sólo: también el derecho al resarcimiento de los bienes incautados y las sanciones económicas “producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra y la Dictadura”.

Asimismo, la administración general del Estado hará “una auditoría de los bienes expoliados”, que “incluirá un inventario de bienes y derechos incautados”. Habrá de efectuarse en un año, y cuando se termine, “se implementarán las posibles vías de reconocimiento a los afectados”.

Relacionado con esto, la administración “impulsará actuaciones para el reconocimiento y reparación a las víctimas que realizaron trabajos forzados”. Esos lugares se señalizarán. 

Los voluntarios integrados en las Brigadas Internacionales recibirán la nacionalidad española.

Y como se indica en una disposición adicional, en seis meses a contar desde la entrada en vigor de la ley, el Gobierno aprobará un reglamento para la restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados durante los años 1936-1939.

Símbolos

La ley delimita el concepto de “elementos contrarios a la memoria democrática”, que serán “las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial”.

Y serán referencias en topónimos, en callejeros, en centros públicos, etcétera. 

Las administraciones públicas los retirarán, y si aparecen en edificios públicos, sus titulares los eliminarán. No podrán ser visibles “los retratos u otras manifestaciones artísticas de militares y ministros asociados a la sublevación militar o al sistema represivo de la Dictadura”. Igual habrá que actuar con los símbolos en edificios de titularidad privada, pero con proyección a un espacio público.

Si voluntariamente no son retirados, la administración iniciará de oficio el procedimiento.

Por otra parte, el Consejo de Ministros o, en su caso, el Ministro del Interior podrán revisar de oficio o revocar condecoraciones policiales y de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil.

Actos públicos

Aunque prevalece el derecho de reunión pacífica y sin armas, la ley sancionará “actos contrarios a la memoria democrática”, y estos son los que impliquen “descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares”, o bien “supongan exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura”.

Asimismo, los restos mortales de dirigentes del golpe militar de 1936 “no podrán ser ni permanecer inhumados en un lugar preeminente de acceso público, distinto a un cementerio”.

La ley prohíbe las subvenciones a entidades que incurran en los supuestos anteriores.

Honores

De oficio, se revisarán o se retirarán “reconocimientos, honores y distinciones” anteriores a la entrada en vigor de la ley, y siempre que “resulten manifiestamente incompatibles con los valores democráticos”.

Además, se suprimen títulos nobiliarios y de grandezas de España concedidos entre 1948 y 1978, entre ellos Duque de Primo de Rivera, Duque de Calvo Sotelo o Marqués de Queipo de Llano. Hasta 33 enumera la ley, y aparte “la Orden Imperial del Yugo y las Flechas”.

Valle de los Caídos

Se definen los lugares de memoria democrática, se regula cómo proceder a la declaración de tales lugares, y así, cambia la denominación del Valle de los Caídos para ser el 'Valle de Cuelgamuros', en donde “solo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a consecuencia de la Guerra”. Además, queda extinguida la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.

En la misma línea, el Panteón de Hombres Ilustres se denominará Panteón de España.