El Tribunal Supremo ha anulado la sanción impuesta a un excabo del Ejército de Tierra contra las sanciones disciplinarias que se le impusieron como autor de dos faltas graves por suscribir públicamente en 2018 un 'Manifiesto de respuesta colectiva en contra del franquismo en las Fuerzas Armadas' y las declaraciones que hizo en 'eldiario.es' en las que explicaba que era en respuesta a uno anterior titulado 'Declaración de respeto y desagravio al general don Francisco Franco Bahamonde. Soldado de España', suscrito por militares retirados y en la reserva.

El Supremo, con el voto discrepante de dos de los cinco magistrados que forman la Sala de lo Militar, declara que el cabo estaba amparado por la libertad de expresión y que no infringió el deber de neutralidad política, por lo que anula las dos multas de 12 y 10 días que le fueron impuestas por el general jefe de la Fuerza Logística y confirmó el Jefe del Estado Mayor del Ejército, y luego el Tribunal Militar Central.

El alto tribunal señala que procede estimar en su integridad el recurso interpuesto por el cabo, porque en ningún momento se aprecia que haya incurrido en una vulneración del respeto debido a sus superiores, ni atentado contra el buen funcionamiento y eficacia del servicio, ni cabe apreciar una "necesidad social imperiosa" de limitar su derecho constitucional de libertad de expresión, pues de sus manifestaciones no se deduce una amenaza real para la disciplina y la cohesión interna de las Fuerzas Armadas.

Criterio dudoso

Con un criterio cuando menos dudoso el Tribunal Militar Central estimó que firmar un manifiesto contra el franquismo suponía “emitir públicamente expresiones contrarias a las Fuerzas Armadas”, “expresar opiniones que supongan infracción del deber de neutralidad política” y “hacer manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas”, por lo que le sancionó.

Pero para el Supremo, no hubo conculcación alguna de su deber de neutralidad política. “El recurrente no tomó partido en un debate político sino, más bien al contrario, suscribió una declaración en la que, como reacción y contestación al citado manifiesto, suscrito por militares retirados y en la reserva, se recordaba que los militares 'no tenemos derecho alguno a presionar como colectivo al estado democrático”, señala la sentencia.

Ni siquiera la expresión “Salud y república” con la que concluía su comentario personal al manifiesto es para el tribunal una expresión de despedida o saludo que, por sí misma, no puede considerarse contraria a la neutralidad política.