Nueva condena para el PP por lucrarse de las actividades de la trama corrupta liderada por Francisco Correa. La Audiencia Nacional ha dictado sentencia por la pieza referida a las actividades de la 'Gürtel' en Boadilla del Monte (Madrid) y condena al partido ya liderado por Alberto Núñez-Feijóo como partícipe a titulo lucrativo por haberse beneficiado de las supuestas irregularidades cometidas por Panero con una cuantía de 204.198,64 euros entre 2001 y 2009.

Con este dinero, PP pagó eventos y actos, así como la moqueta que se puso una sede electoral, vídeos, fotografías, banderolas, cartelería o megáfonos que se usaron en campañas electorales y fuera de ellas, por lo que "redundaron en su beneficio" de forma "evidente". "Los miembros de la trama destinaban parte de las comisiones percibidas directamente o a través de aquellas y que engrosaron su “Caja B” al pago de compras, actos y eventos en favor del Partido Popular", subraya la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Concretamente, la sentencia a le condena a abonar dicha cantidad "con responsabilidad directa y solidaria" de otros condenados, entre los que se encuentra el propio Correa, su mano derecha Pablo Crespo y dirigentes populares como el exalcalde de Boadila del Monte (Madrid) Arturo González Panero, alias 'el Albondiguilla", al que le corresponde la pena más alta, de 36 años y 11 meses de prisión.

 Se imponen condenas a un total de 23 de personas y a más de una decena de empresas por delitos asociación ilícitaprevaricación, fraude a las administraciones públicas, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad en documento mercantil, cohecho, ilícitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales. 

Tercera sentencia contra el partido

Se trata del tercer reproche penal que la Audiencia Nacional hace al PP en relación con esta trama. La primera sentencia, por la etapa inicial de actividades de Gürtel, consideró acreditada la existencia de una caja B en el partido, y la tormenta política derivó en último término en una moción de censura que le costó la presidencia del Gobierno a Mariano Rajoy en 2018.

La seguda ocasión fue el pasado mes de octubre, cuando la Sala de lo Penal de este órgano declaró al partido como responsable civil subsidiario por abonar a la empresa Unifica 1.072.000 euros procedentes de la contabilidad paralela del partido y no declarados a Hacienda, como pago de la reforma de su sede central en la calle Génova de Madrid; y ahora son declarados de nuevo partícipes a título lucrativo por los hechos en Boadilla.

Según la sentencia, los más de 200.000 euros señalados se destinaron a abonar gastos, eventos y actos del PP encargados, no por los componentes del “grupo municipal”, sino por los responsables del partido en Boadilla del Monte, González Panero y Cesar Tomas Martín Morales. Pagaban con el dinero procedente del Grupo Correa "con quien se habían concertado con dicha finalidad".

La resolución, que supera las 300 páginas, reprocha al PP los argumentos que empleó su defensa durante la vista, relativa a señalar si los candidatos pueden o no comprometer gasto electoral, vincular al partido o si conoció esos gastos que dijo eran contrarios a la voluntad de la formación.

"Pufos Boadilla"

También se desglosan estos "beneficios" adquiridos por el PP a través de la trama de Correa: 24.901,01 euros en actos del PP abonados con las facturas ficticias que emitió la empresa de la trama Special Events y pagó como parte de la comisión pactada (la prueba se encontró en un documento informático llamado 'Pufos Boadilla'); 30.050 euros en la "Campaña partido popular” elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2003 abonada de la comisión cobrada al empresario Alfonso García-Pozuelo y 120.00 que se percibieron de Teconsa y se emplearon igualmente en actos del partido. También redundaron en beneficio del Partido Popular 29.247,55 euros de lo detraído de los contratos menores que se facturaban por las empresas del Grupo Correa. 

Así, la resolución dictada por los magistrados José Antonio Mora -que presidió el juicio-, José Ricardo de Prada y María Dolores Hernández Rueda, que ha sido la ponente, establece que los condenados actuaron en una “dinámica de beneficio mutuo” que supuso la sustitución de la administración por el entramado criminal, logrando con ello llevar al partido fondos ilícitos de forma irregular. 

La pena más alta corresponde a González Panero, por un total de 18 delitos, pese a que buscó rebajar su responsabilidad días antes del comienzo del juicio mediante un escrito en el que confesaba su intervención en esta trama. Señaló expresamente que durante su etapa de alcalde consintió "el trato de favor a Grupo Correa" a cambio de recibir comisiones que a continuación pasa a relatar y que según la Fiscalía Anticorrupción ascenderían a 1,8 millones de euros.

No obstante, el tribunal rechaza que su declaración durante la vista sea relevante para aplicarle la atenuante analógica de confesión en juicio, ni tampoco apreciarle la atenuante de reparación ante su "nulo esfuerzo realizado por para hacer frente al daño causado". Un total de dieciséis de los de los implicados que acabaron sentados en el banquillo también confesaron antes de enfrentarse al tribunal, por lo que se les aplica la atenuante analógica de confesión en juicio con el carácter muy cualificado. 

El tribunal también reconoce "la utilidad y suficiencia de la información facilitada, si no también en los casos de Correa y Crespo (13 años y medio de cárcel para cada uno) debido al "cambio de actitud observada en relación a la reparación de la responsabilidad civil por haber cooperado en la repatriación del dinero de sus cuentas en Suiza.

Se aplica la atenuante de reparación del daño a otros condenados, entre los que se encuentran los empresarios José Luis Ulibarri y García Pozuelo (ambos año y medio de cárcel) quienes han alcanzado acuerdos con los perjudicados y han consignado cantidades en pago de la responsabilidad civil. 

Modus operandi

La sentencia señala que las actividades de Gürtel en Pozuelo siguen la misma dinámica que las que ya fueron condenadas en la sentencia por la primera etapa (1999-2005) confirmada en su mayor parte por la Sentencia del Tribunal Supremo. Declara probado que esto se produjo en el municipio de Boadilla del Monte a partir del 2001 y hasta el 2009 cuando era su alcalde Arturo González Panero del partido popular.

El lucro se obtenía mediante la adjudicación de obras por contrataciones directas a las empresas del Grupo Correa y adjudicaciones de obras a las empresas seleccionadas por Correa a cambio del pago de una comisión con la que iba realizando pagos a los cargos públicos responsables dentro del Ayuntamiento y la EMSV del Boadilla del Monte de la contratación al máximo nivel de los que, una parte se destinaba al pago de facturas para actos, eventos y gastos del partido popular.