El candidato del PP al Tribunal Constitucional Enrique Arnaldo elaboró un escrito para el Ente Público de Radio Televisión de Illes Balears, cuya Comunidad presidía Jaume Matas (PP), que después el propio canal autonómico presentó como suyo ante la Junta Electoral Central (JEC), según consta en la documentación del caso Palma Arena, al que ha tenido acceso 'El Periódico de España'.

"Siguiendo instrucciones de D. Enrique Arnaldo Alcubilla, adjunto le remitimos documento para que le sea entregado a Doña María Umbert", reza un correo electrónico enviado el lunes 22 de mayo de 2006 por una trabajadora del despacho Estudios Jurídicos y Procesales (EJP) -del que es socio el candidato del PP al Constitucional-, a una empleada de la televisión balear, en cuyo asunto del mensaje se especifica: "Para entregar urgente a Doña María Umbert", quien en esa fecha era directora general del Ente Público Radiotelevisión de Illes Balears.

El documento, que se refiere al "Expediente (415/67)", es un escrito de tres hojas a modo de recurso dirigido a la Junta Electoral Central (JEC), con fecha de 22 de mayo de 2006, mediante el cual la directora general del Ente Público balear trata de frenar "las campañas informativas elaboradas por el Ministerio del Interior destinadas a facilitar el conocimiento por los electores de determinados procedimientos relacionados con el ejercicio del derecho al voto en el referéndum sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña".

Instrucciones de Enrique Arnaldo. EPE

Una campaña de Interior

En mayo de 2006 el Ministerio del Interior, cuyo titular era el socialista Alfredo Pérez Rubalbaca (PSOE), había iniciado una campaña para promover el voto popular en el referéndum celebrado el 18 de junio de ese mismo año sobre la entrada en vigor del Estatut de Cataluña. Pero esta votación popular fue rechazada por el PP, que acabó recurriendo con éxito al Tribunal Constitucional para limitar la norma autonómica.

Por eso este escrito facilitado a la televisión pública de la Comunidad de Jaume Matas por Enrique Arnaldo, que ejerció durante una década como letrado del Congreso adscrito a la Junta Electoral Central (JEC), defendía en nombre de la directora de la televisión balear que en virtud del artículo 50.1 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (Loreg) "no cabe que por el Ministerio del Interior se promueva la difusión de espacios informativos sobre determinados aspectos referidos al procedimiento de votación en el referéndum".

También rechazaba que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero promoviera la votación al considerar, según consta en el recurso, que solo podía realizar la campaña institucional informativa sobre el referéndum "el poder público que en virtud de su competencia legal lo haya convocado. Dicho poder público es la Generalidad de Cataluña y no el Gobierno de la Nación", zanjaba de forma literal el escrito.

Medios de comunicación catalanes

El documento difundido por Arnaldo consideraba, por tanto, que la difusión de la publicidad institucional se debería circunscribir a los medios de comunicación "del ámbito territorial del proceso electoral convocado, que es el de la Comunidad Autónoma de Cataluña", en referencia a TV3 y otros medios de comunicación catalanes, pero no en RTVE.

Pero el recurso facilitado por Enrique Arnaldo, cuyo despacho cobraba una cantidad fija de alrededor de 2.100 euros por asesorar jurídicamente al Ente Público de la Radiotelevisión de Baleares, no logró su objetivo. La Junta Electoral Central rechazó impedir que el Ministerio del Interior promoviera el referéndum del Estatut, tal y como consta en el expediente 415/67, que se puede consultar en la web de este organismo.

La JEC se reunió en una sesión que tuvo lugar el 24 de mayo de 2006, dos días después de que el candidato del PP al Constitucional enviara el expediente 415/67 de forma "urgente" a la televisión de Jaume Matas, y concluyó que "el Ministerio del Interior puede llevar a cabo la campaña de información sobre la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámites para el voto por correo así como sobre los períodos de exposición del censo y reclamaciones sobre el mismo, campaña que estarán obligados a emitir los medios de comunicación de RTVE y los de titularidad pública de Cataluña, con exclusión de las emisoras de radiodifusión sonora de titularidad municipal", especifica el acuerdo.