La Comunidad de Madrid va a ampliar a partir del lunes las restricciones de movilidad por el coronavirus a dos nuevas zonas básicas de salud y seis localidades y las eliminará en el municipio de Morata de Tajuña, donde estaban en vigor desde el 15 de marzo.

A partir de las 00:00 horas del lunes 29 de marzo y hasta las 00:00 horas del lunes 12 de abril quedarán restringidas las zonas básicas de salud de Vicálvaro-Artilleros y Valdebernardo, ambas en el distrito de Vicálvaro de Madrid capital, y las localidades de Paracuellos de Jarama, Villanueva de la Cañada, Navas del Rey, Santos de la Humosa, Torrejón de Velasco y Chapinería.

Además, hasta las 00:00 horas del lunes 5 de abril seguirán con restricciones de movilidad las zonas básicas de salud de Núñez Morgado en el distrito de Chamartín; Virgen de Begoña en el distrito de Fuencarral-El Pardo, ambas en Madrid capital; la zona básica de salud de Valle de la Oliva, en el municipio de Majadahonda, y la localidad de Navacerrada. En todas estas zonas no estará permitido entrar ni salir salvo por motivos justificados, como ir a trabajar o al médico.

Por otro lado, se levantan las restricciones en el municipio de Morata de Tajuña a partir de las 00:00 horas del lunes 29 de marzo, según han informado en rueda de prensa el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas.

Andradas ha explicado que debido a la situación epidemiológica las restricciones seguirán aplicándose con los siguientes criterios: incidencia de coronavirus superior a 350 casos por cada cien mil habitantes, observación de transmisión comunitaria y tendencia creciente.

Además de estas restricciones específicas en las zonas con mayor incidencia de coronavirus, desde este viernes y hasta el 9 de abril toda la Comunidad de Madrid permanecerá cerrada perimetralmente para evitar desplazamientos entre comunidades autónomas durante la Semana Santa.

En toda la región siguen en vigor otras medidas como el toque de queda de las once de la noche a las seis de la madrugada y el cierre de los establecimientos de hostelería a las once de la noche, aunque no podrán admitir nuevos clientes desde una hora antes.

La ocupación máxima por mesa seguirá siendo de cuatro personas en espacios interiores y de seis personas en terrazas al aire libre. También sigue vigente la prohibición de reuniones de personas no convivientes en domicilios, salvo excepciones, como las parejas y matrimonios que vivan en domicilios distintos o las personas que viven solas, que podrán reunirse con una única unidad de convivencia.