Después de cuatro meses de juicio y otros tantos de deliberaciones entre los siete magistrados que componen el tribunal, ha llegado el momento de conocer en su integridad la sentencia más trascendental de la democracia porque marcará las relaciones entre Cataluña y el resto de España a partir de ahora. El tribunal presidido por Manuel Marchena que juzgó a los 12 líderes independentistas tiene intención de dar a conocer este lunes su veredicto sobre lo que ocurrió en Cataluña, a ojos de la justicia, en el otoño del 2017.

Una vez aclarado que el Supremo condenará a los principales acusados por sedición, y no por rebelión, faltan por conocer los argumentos que utiliza para sustentar que la violencia no fue un instrumento para conseguir la independencia de Cataluña y otras grandes incógnitas pendientes de despejar. Son las siguientes:

Los Jordis

Una de las principales dudas planteadas durante todo el procedimiento judicial es la responsabilidad penal en la que incurrieron los líderes de las entidades soberanistas Òmnium Cultural y ANC, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, respectivamente. Ambos cumplirán el próximo miércoles dos años en prisión provisional y la fiscalía ha pedido que se les prorrogue esa situación si la sentencia no llega antes.

Pese a que ninguno tenía responsabilidad gubernativa, ambos serán condenados por sedición. El ministerio público pidió 17 años de cárcel por rebelión y la Abogacía del Estado, 8 por el delito que considera cometido el tribunal. Falta conocer cómo articula su participación en el plan independentista.

El papel de los Mossos

La fiscalía descargó gran parte de su acusación sobre los hombros de los Mossos d'Esquadra, cuyos dirigentes declararon ante el tribunal que el ‘expresident’ Carles Puigdemont y otros miembros de su Govern fueron advertidos del riesgo de violencia que había si no se desconvocaba la consulta ilegal.

La credibilidad que el tribunal otorgue a los que eran máximos responsables de la policía de la Generalitat entonces se extenderá también al juicio al que en enero se celebrará en la Audiencia Nacional contra el mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero (acusado también de rebelión, al menos de momento) y contra quienes formaban la cúpula política del cuerpo.

La DUI

Pese a que prácticamente todas las acciones que se juzgaron se hicieron con luz y taquígrafos, acusaciones y defensas difieren totalmente sobre la validez jurídica de la declaración unilateral de independencia (DUI). La fiscalía siempre ha defendido que la tenía y que los acusados declararon la secesión de forma efectiva. Por su parte, los abogados defensores se han esmerado en tratar de acreditar que no, porque figuraba en un preámbulo que no se votó y ni siquiera tuvo como consecuencia práctica que se arriara la bandera de España del edificio de la Generalitat.

Una de las que hicieron más hincapié en ello fue la defensa de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, que sostuvo que desde su responsabilidad al frente de la Cámara no podía evitar la votación de las leyes, aunque contravinieran las advertencias que había ido realizando el Tribunal Constitucional.

Las penas

Una vez que se ha sabido que el delito por el que se condenará a los principales acusados es el de sedición, en concurso con el de malversación para los que eran miembros del Govern, falta por concretar con exactitud las penas que se les imponen. La Abogacía del Estado solicitaba la mayor pena para el presidente de ERC, Oriol Junqueras: 12 años por sedición.

La menor es para los 'Jordis', que se enfrentaban a ocho años de prisión, según la petición de esta acusación. En función de las finalmente impuestas se determinará el tiempo que deben cumplir antes de poder disfrutar de permisos y promocionar de grado. Los tres 'exconsellers' acusados de malversación y desobediencia, Meritxell Borràs, Carles Mundó y Santi Vila, no entrarán en prisión al ser solo condenados por el último delito para el que se prevén penas de inhabilitación.

La malversación

Explicar cómo esos tres 'exconsellers' quedan fuera del delito de malversación, mientras sus compañeros son condenados por malversación en concurso con la sedición, será uno de los puntos más interesantes de leer en la sentencia. Las defensas sostuvieron que no se destinó un euro de dinero público al ‘procés’, mientras las acusaciones alegaban que la malversación se produjo desde que la Generalitat comprometió el gasto, aunque no lo pagara.

Próximo paso

La sentencia del 'procés', al ser dictada por el Tribunal Supremo, cúspide del sistema judicial español, es considerada firme en el mismo momento en que se notifica a las partes. De ahí que ya no se pueda recurrir ante ninguna instancia judicial distinta al Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Carta Magna y, por ello, encargado de determinar las vulneraciones de derechos fundamentales. Es imprescindible acudir al TC antes de poder dirigirte a la justicia europea, objetivo presente en la mente de las defensas desde que comenzaron las actuaciones.