El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) dio ayer un balón de oxígeno a la política penitencia española al reconocer que los años de cárcel cumplidos en prisiones francesas por presos de ETA no deben ser contabilizados en el cómputo para la liquidación de su pena. El tribunal europeo avala así la postura de España y frustra el intento de varios condenados por acelerar su salida de prisión. El caso se refiere a la demanda introducida por Santiago Arrospide, alias Santi Potros, Francisco Mugica Garmendia, alias Pakito, y Alberto Plazaola, pero afectará a otros casos pendientes con demandas similares de presos de ETA que han cumplido condena en Francia y que tras su extradición a España continúan cumpliendo su condena en cárceles españolas. Según fuentes citadas por la agencia Efe, se trata de más de una treintena de casos. En un esperado fallo cinco años después de que el TEDH diera la razón a los etarras con la anulación de la doctrina Parot, que supuso la excarcelación de casi un centenar de terroristas, asesinos y violadores, el tribunal europeo quita la razón ahora a tres etarras y respalda la doctrina del Supremo y del TC, una sentencia que ha causado sorpresa generalizada y alivio entre las víctimas del terrorismo.