El Tribunal Constitucional legalizó ayer Sortu, el partido de la izquierda aberzale, por seis votos frente a cinco. En la sentencia se fija una serie de límites que no podrá quebrantar esta fuerza política si quiere permanecer inscrita en el registro de partidos y expresamente se le aclara que el respeto a las víctimas del terrorismo es una línea roja que no puede traspasar, según fuentes jurídicas. El Gobierno criticó la decisión del tribunal al igual que las asociaciones de víctimas. Por su parte, el Ejecutivo vasco y la mayoría de los partidos nacionalistas celebraron el fallo.

El resultado de la votación fue el mismo que el que se produjo el año pasado cuando este mismo tribunal anuló la decisión del Supremo de dejar fuera de las elecciones municipales a la coalición Bildu. El fallo fue apoyado por los jueces progresistas y rechazado por el bloque conservador, al que se sumó el magistrado Manuel Aragón. El contenido de la sentencia se conocerá en los próximos días. Sin embargo, fuentes jurídicas informaron de que la sentencia reconoce que los estatutos de Sortu recogen "un rechazo inequívoco" a la violencia, "incluida la de ETA", y que este alejamiento de los postulados de la banda terrorista es "la primera vez" que aparece en un partido de la izquierda aberzale.

CORRECCION POSTERIOR Los jueces admiten en su resolución que no han revisado las pruebas que esgrimieron sus colegas del Tribunal Supremo para ilegalizar esta fuerza, pero sostienen que el relato que construyeron, aunque era "coherente" con la posibilidad de que Sortu fuera sucesora de Batasuna, no tuvo en cuenta otros elementos que permiten su inscripción en el registro de partidos.

El Constitucional sostiene que estaba en juego el derecho fundamental a la asociación política "en relación a la significación que en un sistema democrático tienen los partidos políticos". Por el contrario, en el caso de Bildu, los magistrados recuerdan que su anulación vulneró el derecho a la participación política.

Asimismo, igual que en la sentencia de Bildu, los magistrados recuerdan que la ley de partidos ha sido modificada para permitir al Estado intervenir si la nueva formación en su quehacer diario incumple los principios de la ley y retirar, por ejemplo, el acta a los cargos electos.

En cualquier caso, el alto tribunal no ha querido pillarse los dedos y ha establecido en su resolución un catálogo de conductas que llevarían a Sortu a la ilegalidad, según fuentes jurídicas. Estos comportamientos tienen un límite claro: el reconocimiento a