El Tribunal Supremo ha absuelto al exjuez Baltasar Garzón del delito de prevaricación del que estaba acusado por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo. La sentencia, adoptada por mayoría de seis votos contra uno, será notificada a las partes a las 13.30 horas. El voto particular lo ha emitido el magistrado José Manuel Maza. Pese a su absolución en esta causa, Garzón no podrá volver a ejercer como juez durante los próximos 11 años, ya que el Consejo General del Poder Judicial le ha expulsado de la carrera judicial como consecuencia de su condena por ordenar las escuchas del 'caso Gürtel'. El Supremo también archivó por prescripción la causa por los cobros de la Universidad de Nueva York. El exmagistrado se encuentra fuera de Madrid por lo que el fallo será recogido por su abogado, Gonzalo González Fresneda.

En este procedimiento, la acusación popular, ejercida por la asociación ultraderechista Manos Limpias y la organización Libertad e Identidad, solicitaban que Garzón fuera multado e inhabilitado por 20 años, la máxima pena prevista en el Código Penal para este delito. A su entender, vulneró "a sabiendas" la ley de amnistía de 1977 al abrir una causa contra el franquismo. Tanto el fiscal Luis Navajas como su abogado defensor, Gonzalo Martínez-Fresneda, pidieron durante el juicio su libre absolución y el archivo del procedimiento. Entre otras cuestiones, aludieron a la llamada 'doctrina Botín', aplicada por primera vez al presidente del Banco Santander y según la cual, la apertura del juicio no procedía si actúa en solitario la acusación popular.

La causa tuvo su origen en la decisión de Garzón, el 16 de octubre del 2008, de declararse competente para investigar las denuncias de 22 asociaciones de familiares de desaparecidos durante la guerra civil y el franquismo y autorizar la apertura de 19 fosas en toda España. La fiscalía recurrió la decisión y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó declarar que Garzón carecía de competencia para asumir esa investigación y que debían ser los juzgados de cada demarcación los que decidieran sobre la apertura de las fosas. El 27 de mayo del 2009, el Tribunal Supremo admitió a trámite la querella por prevaricación presentada contra el juez por Manos Limpias y designó instructor de la causa a uno de los más destacados representantes del ala progresista de la judicatura española, Luciano Varela, que un año después, el 12 de mayo de 2010, abrió juicio oral a Garzón.

Durante el juicio, Garzón defendió su actuación por su obligación de investigar las denuncias de centenares de víctimas del franquismo que habían perdido a sus familiares durante la dictadura. Estas personas le expusieron, en su opinión, un plan sistemático de desaparición de miles de personas que fueron enterradas en fosas comunes y cuyos restos no han sido localizados. Manos Limpias arguyó que este proceso violaba la ley de amnistía de 1977. Sin embargo, los jueces del alto tribunal han interpretado que su excompañero decidió saltarse esta prohibición porque le amparaba la doctrina internacional.