El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, no podría, ni queriendo, escuchar las conversaciones telefónicas del diputado del Partido Popular Carlos Floriano. Y menos, "ver todo lo que hace" como los conservadores aseguran que el socialista amenazó al popular la semana pasada en el Congreso. Porque por muchas virtudes y excelencias que tenga Sitel, el sistema de intervenciones telefónicas que utilizan las policías españolas desde finales del 2004, no puede funcionar sin la participación de las operadoras telefónicas, y sin que un juez lo autorice. Y que se sepa, Floriano no está sometido a ninguna investigación judicial, y si lo estuviera, sería secreta y de conocimiento exclusivo de los investigadores, del juez y del fiscal, y no del ministro del Interior.

A día de hoy, nadie se ha atrevido a denunciar en público que Sitel se haya utilizado sin autorización judicial. Otra cosa son las leyendas urbanas que circulan sobre el sistema al que atribuyen casi la capacidad de meterse en la vida de todos los españoles. Entonces, ¿dónde está el problema? Mañana martes, el Partido Popular defenderá en el Congreso una proposición no de ley instando al Gobierno a que regule Sitel mediante una ley orgánica.

PARTICULAR CRUZADA ¿Por qué? Los populares, con el vicesecretario de comunicación, Esteban González Pons, a la cabeza de esta particular cruzada, entienden que el sistema "vulnera" derechos fundamentales de los españoles. En otras palabras, que los jueces autorizan a la policía escuchar conversaciones, pero no autorizan saber la posición de un investigado, porque para autorizar ese dato, un derecho fundamental, el sistema se debería regular por una ley orgánica. Es la esencia de la disputa, aunque el Tribunal Supremo ya falló en diciembre del 2008 a un recurrente que Sitel solo permite conocer la antena repetidora más cercana al teléfono intervenido, por lo que "en modo alguno puede considerarse afectado el derecho a la intimidad".

Actualmente, el funcionamiento de Sitel está regulado por el real decreto 404/2005, por la ley general de telecomunicaciones y por la ley de conservación de datos, ambas del 2007. El PP asegura que esta cobertura es "insuficiente", aunque el Supremo ya se ha pronunciado y no precisamente a favor de las tesis del PP. Para el tribunal, el real decreto era suficiente para asegurar el secreto de las comunicaciones, y además aclaró que a una ley orgánica no le toca entretenerse en cuestiones accesorias como regular si la grabación se hace con un antiguo magnetofón o un moderno Sitel porque, en cualquiera de los casos, se debe hacer siempre con autorización y control judicial.

Numerosos juristas han planteado que la norma que deberá regular mejor estas cuestiones sea la nueva ley de enjuiciamiento criminal, pero tras un debate alejado de la perversión actual que solo siembra dudas sobre todas las investigaciones de los últimos años, y no solo el caso Gürtel. El Supremo ya advertía de que la regulación de Sitel es "insuficiente y raquítica".

Hay coincidencia en que dotar a Sitel de un nuevo marco legal no anulará ninguna investigación. Pero hacerlo debilitaría los procesos judiciales porque los juzgados se llenarían de recursos de abogados cuestionando la constitucionalidad del sistema, señala el Gobierno. El PP amenazó con pedir la nulidad de las llamadas de Gürtel, aunque ayer González Pons dijo que no lo harían. El letrado de Gennadiy Petrov, conocido mafioso ruso, ya ha dicho que Sitel "vulneró sus derechos fundamentales".