La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha absuelto a un soldado que fue condenado por el Tribunal Militar Territorial a un año de cárcel por un delito de abandono de destino, ya que el alto tribunal considera que sufría una "delicada situación familiar" y no acudió a su trabajo para poder atenderla. El Supremo, que le aplica la eximente completa de "estado de necesidad", concluye que "cuidar a la madre y al hermano constituye para todos una obligación ética y jurídica".

Según la sentencia, el soldado José Antonio G., destinado en El Goloso, en Madrid, no se presentó el 5 de mayo del 2006 a su unidad y permaneció en "ignorado paradero y fuera de todo control militar" más de dos meses porque padecía "una delicada situación familiar" provocada por el reciente fallecimiento de su padre, la enfermedad psiquiátrica de su madre y la minusvalía psíquica que sufre su hermano menor. El soldado ya había pedido varios permisos e, incluso, llegó a decir a sus superiores que su madre se había suicidado. Por todo esto, el fallo constata la situación extrema de la familia y concluye que "existía un peligro inminente de un mal ajeno" que justificaba su actuación.