El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en respuesta a la demanda presentada por la Universidad de Granada impugnando el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La sentencia declara nulos los artículos 7.1, 8, 11, 12 y la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto citado, los cuales invaden la autonomía universitaria, puesto que la disposición adicional 19.1 de la Ley 4/2007 Orgánica de Universidades, otorga la a las universidades la exclusividad del título de grado.

Tras el fallo del Tribunal Supremo sobre la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores, ANPE pide al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que aborde decididamente la resolución del problema que se plantea.

Desde ANPE señalan que acatan la sentencia de este alto Tribunal, como no podría ser de otra manera. "Queremos así mismo, llevar un mensaje de tranquilidad a los docentes de las Enseñanzas Artísticas superiores pues la citada sentencia, si bien advierte de que las escuelas superiores de enseñanzas artísticas no pueden ofrecer títulos de grado iguales a los que se estudian en las universidades, el alto tribunal no pone pegas a la equiparación como enseñanzas superiores de los títulos que ofrecen ambos. Simplemente, los estudios de las Enseñanzas Artísticas Superiores tienen que tener una denominación nominal distinta a los estudios de grado universitario".

El fallo del Supremo no pone en cuestión la equiparación de estas enseñanzas con las universitarias dentro del Espacio Europeo de Educación Superior.

Seguirán, por tanto, teniendo la misma organización y duración estos estudios en cuanto a la división de grado (ahora con otra denominación) y posgrado.