Locutores, telefonistas, vendedores... Muchas profesiones --en realidad, la gran mayoría-- tienen en la voz humana su principal herramienta de trabajo. Es también el caso del profesorado. Por ello, este instrumento está expuesto a posibles alteraciones que obstaculizan el desarrollo normal de su actividad laboral. Y por lo mismo, los docentes han puesto sus miradas en ella e intentan prevenir cualquier tipo de dolencia que afecte a la voz.

En el presente año académico ya se han puesto en marcha algunas acciones. Es el caso de los centros de profesorado (CEP) Luisa Revuelta de Córdoba y Sierra de Córdoba de Peñarroya-Pueblonuevo. Ambos, en su formación continua, ofertan sendos cursos de Educación de la voz , que se extienden de ahora a enero de 2004. Los objetivos son, principalmente, que los profesores conozcan los mecanismos de uso de la voz -para su bienestar laboral--, las estrategias didácticas de ésta --para adquirir competencia expresiva--, y su cultivo --como vehículo de comunicación--.

Y mientras los CEP se preocupan de la prevención, sindicatos, caso de FETE-UGT, se centran en trabajar para que los nódulos en las cuerdas vocales --la principal disfonía funcional-- sean reconocidos como enfermedad profesional. Para ello, el sindicato argumenta que el catálogo español de enfermedades laborales data de 1978 y va necesitando una revisión, además de que cerca del 5% de las bajas docentes son provocadas por enfermedades de la voz y un 4% de los días perdidos por enfermedad se corresponden con la misma dolencia.

En la actualidad, según FETE-UGT, la Comisión Europea considera que el progreso ha permitido el conocimiento de los mecanismos de aparición de algunas enfermedades profesionales; avance que le ha llevado a ampliar su lista de enfermedades profesionales. El colectivo considera "indispensable" aplicar esta ampliación en España, incluyendo, entre otras, "nódulos de las cuerdas vocales a causa de los esfuerzos sostenidos de la voz por motivos profesionales" que afecta, fundamentalmente al personal docente.

El hecho de que una dolencia no esté tipificada por ley conlleva una serie de desventajas económicas, sanitarias y preventivas para el que la sufre, que se traducen, entre otras, en una reducción de las prestaciones percibidas, tanto en el tratamiento farmacéutico como en el salario que se cobra durante las bajas.