Como cada año los ciudadanos españoles deben realizar los trámites necesarios para presentar la Declaración de la Renta. El pasado 7 de abril arrancó la campaña de 2020, que estará marcada por nuevas dificultades burocráticas generadas por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y el ingreso mínimo vital. Estas complicaciones afectarán en mayor medida a aquellos que anteriormente no tenían la obligación de presentar declaración.

Desde el primer día que comenzó la Renta 2020, los usuarios que quieran presentarla a través de internet pueden hacerlo. En cambio, quienes prefieran hacerlo por vía telefónica tendrán que hacerlo a partir del 6 de mayo, mientras que las citas presenciales se abrirán a partir del 2 de junio. A pesar de que la campaña no concluye hasta el 30 de junio de 2021, es importante no dejar los trámites para el último día, evitando así que se nos eche el tiempo encima.

Con el fin de ahorrarnos contratiempos y problemas, es recomendable repasar los errores más habituales que suelen cometer los contribuyentes.

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No presentar la declaración

Las personas que no cumplen con los requisitos mínimos no tienen la obligación de presentar la Renta y, por tanto, deciden ahorrarse la gestión. Sin embargo, esto puede ser perjudicial para algunos bolsillos, pues es posible que salga a devolver y estemos perdiendo dinero. En ese caso, hay que acceder a la casilla 670 del borrador para comprobar el resultado final y si éste es negativo se tiene derecho a cobrar la cantidad de dinero que corresponda.

Los ERTE y el Paro cuentan como pagadores

En esta edición de la Renta quienes hayan estado en ERTE tendrán que tener en cuenta que tienen un pagador más. Así, los trabajadores que se hayan visto en esta situación en algún momento del 2020 tendrán dos pagadores.

En este caso serán, por un lado, la empresa que les incluyó en el ERTE y, por otro, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que les abonó una parte del sueldo mientras se estuvo bajo esa figura, tanto si fue parcial como total.

 

Cambios en la situación familiar

Otro de los errores habituales que se suele cometer es el de no actualizar la situación familiar. Los cambios en el estado civil y tener hijos afectan en las deducciones de la declaración de la Renta. Es fundamental para beneficiarse de las diferentes ayudas fiscales estatales o autonómicas o para calcular si resulta mejor presentar una declaración conjunta.

Cuotas a sindicatos

Todo aquel que efectúe pagos a los sindicatos o colegios profesionales pueden deducirlos en los ingresos del trabajo.

Alquileres

Los ciudadanos que alquilen una vivienda de su propiedad deben tributar por ello, algo que en algunos casos se olvida o se pasa por alto al no aparecer en el borrador. Se debe tener en cuenta que en el caso de tener un inmueble alquilado existen diferentes deducciones de alquiler dependiendo de la comunidad autónoma. También hay que añadir la segunda vivienda, aunque no desgrava.

Revisión final

Aunque pueda parecer evidente, es necesario recordar la importancia de revisar el borrador una vez que esté preparado para enviar. No son pocas las ocasiones en las que el contribuyente se olvida algún detalle por ahorrarse realizar una revisión final. Se ha de comprobar que todos los datos y los cambios quedan reflejados.