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Defensa

Nuevo revés judicial para Santa Bárbara en su pugna por los préstamos y contratos de artillería adjudicados a Indra y Escribano

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo deniega la petición de la filial de GDELS de limitar el acceso a los documentos que presentó en su recurso

El obús sobre cadenas Némesis, presentado por GDELS en la feria de industria de la defensa Feindef de Madrid en junio pasado..jpg

El obús sobre cadenas Némesis, presentado por GDELS en la feria de industria de la defensa Feindef de Madrid en junio pasado..jpg / José Luis Roca

Pablo Castaño

Oviedo

Santa Bárbara Sistemas, concesionaria de la Fábrica de Armas de Trubia, ha sufrido un nuevo revés judicial en su pugna por los préstamos y contratos de artillería adjudicados a la unión temporal de empresas formada por Indra y Escribano Mechanical & Engineering (EM&E), con importantes planes de inversión en Asturias.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a través de un auto, ha acordado denegar a Santa Bárbara Sistemas una petición que había cursado para limitar que empresas codemandadas y legítimamente personadas en en el procedimiento judicial, como Indra y EM&E, accedieran a determinados escritos y documentos.

Santa Bárbara Sistemas, filial en España de General Dynamics European Land Systems, interpuso el pasado 17 de diciembre un recurso contencioso-administrativo contra las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos para desarrollo industrial de programas especiales de modernización (PEM) del Ejército de Tierra. En concreto, contra los préstamos para los PEM de vehículos autopropulsados sobre plataformas de cadenas (ATP cadenas) y los de vehículos autopropulsados sobre plataformas de ruedas (ATP ruedas), por importes de 1.821 y 1.181 millones de euros, respectivamente, y ambos adjudicados a la UTE formada por Indra y EM&E.

En su escrito de interposición del recurso, Santa Bárbara señaló que determinados documentos aportados por ella podían contener información con relevancia empresarial, por lo que solicitó que el acceso a esos documentos se restringiera a un número limitado de personas y que estas no pudieran utilizar ni revelar la información contenida en ellos.

Las UTE formadas por Indra y EM&E formularon alegaciones afirmando que ante la falta de información sobre el contenido de esos documentos tendría que ser el Tribunal el que ponderara los intereses concurrentes y determinara si la información debe considerarse confidencial.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a través de un auto, ha fijado posición y ha denegado la petición de Santa Bárbara consistente en limitar el contenido de los escritos y de los documentos, "presentados voluntariamente", de los que puede tener conocimiento las empresas codemandadas legítimamente personadas en el procedimiento. No obstante, advierte a todas las partes personadas y a los profesionales que intervengan en este procedimiento que pesa sobre ellos un deber de reserva y confidencialidad sobre toda la información y documentos a los que tengan acceso en el ejercicio de sus funciones.

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