Buenas noticias para las personas andaluzas entre 64 y 18 años: hasta 1.500€ de ayuda mensuales a través de este formulario
Esta ayuda puede alcanzar hasta 1.449,40 euros al mes según el número de miembros del hogar

La Renta Mínima de Inserción es una prestación económica destinada a personas en riesgo de pobreza o exclusión social / SAVE THE CHILDREN
El entramado de seguridad que sostiene el Estado del bienestar es, sin duda, una de las piezas más valiosas de nuestra sociedad.
No solo protege a quien pasa por una mala racha o se queda sin ingresos, sino que también mantiene en pie la rueda económica: cuando una familia puede seguir comprando, pagando su casa o haciendo la compra semanal, el sistema entero respira.
De ahí que las ayudas públicas además de tener un componente social evidente también operan como un salvavidas para el propio mercado.
La Junta de Andalucía ha reactivado en este contexto una de las prestaciones más relevantes para las familias con menos recursos: la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Esta ayuda puede alcanzar hasta 1.449,40 euros al mes según el número de miembros del hogar y que ha sido pensada para personas de entre 18 y 64 años que atraviesan situaciones de vulnerabilidad económica o social.
Una red de apoyo más allá del dinero
A diferencia de otras prestaciones la RMISA no se limita a ofrecer una transferencia económica. Va acompañada de un plan de inserción sociolaboral personalizado, con el que se busca que las personas beneficiarias puedan acceder a oportunidades formativas, laborales y sociales.
La cantidad concedida varía según el tamaño de la unidad familiar: desde unos 658 euros mensuales para un solo miembro hasta casi 1.500 euros en hogares de cinco o más personas.
Quién puede pedir esta ayuda
La Junta de Andalucía ha establecido como condiciones, en primer lugar, que la persona solicitante y todos los miembros de su unidad familiar deben estar empadronados en algún municipio andaluz al menos con un año de antelación.
El titular debe tener entre 25 y 64 años aunque se contemplan excepciones para jóvenes a partir de los 18 años en casos de discapacidad reconocida, menores a cargo, orfandad de ambos progenitores o situaciones de violencia de género. También pueden acceder personas mayores de 65 años si tienen a su cargo menores y no hay otro integrante que pueda solicitar la ayuda.
Además los ingresos del hogar no pueden superar el umbral económico fijado por la Junta, que varía en función del tamaño de la familia. Y se exige estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicio Andaluz de Empleo, así como contar con una resolución denegatoria del Ingreso Mínimo Vital en el mismo ejercicio.
Cómo se solicita paso a paso
El formulario ya está disponible y puede presentarse de dos maneras: o bien presencialmente a través de los servicios sociales comunitarios del municipio donde vive la persona solicitante o bien de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Andalucía.
A la solicitud hay que adjuntar una serie de documentos: el certificado de empadronamiento, DNI o NIE de todos los miembros del hogar, justificantes de ingresos y si corresponde, acreditaciones de discapacidad, tutela o violencia de género.
Una vez presentada la Administración dispone de dos meses para resolver. Si pasado ese tiempo no llega respuesta, se entiende que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
Cuando la ayuda es aprobada empieza una segunda fase: la elaboración del Plan de inclusión sociolaboral, en el que participan tanto la persona beneficiaria como los servicios sociales y el Servicio Andaluz de Empleo con un plazo de un mes desde la notificación para firmarlo.
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