7.800 'riders' en Madrid

Nueva multa a Glovo: 56 millones por emplear falsos autónomos y migrantes sin permiso

La empresa digital de reparto acumula más de 200 millones en sanciones en los tres últimos ejercicios

Un repartidor de la empresa Glovo.

Un repartidor de la empresa Glovo. / EP

Gabriel Ubieto

Glovo deberá pagar 56,7 millones de euros al fisco por emplear en Madrid falsos autónomos y personas de origen extranjero sin permiso de trabajo. Así lo ha determinado la Inspección de Trabajo en una actuación en la que ha detectado a 7.835 repartidores en situación de fraude, según ha podido confirmar a este diario fuentes conocedoras de las actuaciones. "Glovo va a recurrir esta propuesta de sanción", afirman desde la compañía. Esta sanción se suma a otras macrooperaciones contra la empresa digital de reparto fundada en Barcelona y que se ha saldado con multas y requerimientos por un importe total superior a los 200 millones en los últimos ejercicios.

La 'policía laboral' ha determinado que el modelo laboral de Glovo antes de entrar en vigor la 'ley Rider' no se ajustaba a derecho en Madrid, como tampoco lo hacía en BarcelonaGironaTarragonaValencia o Zaragoza, entre muchas otras ciudades españolas. Los agentes de la Inspección han dejado acreditado que los repartidores de la firma de las mochilas amarillas actuaban con falsos autónomos antes de la entrada en vigor de la nueva 'ley Rider'. Sobre el periodo de vigencia de la norma no hay todavía actas de Inspección emitidas al respecto.

Es decir, estaban oficialmente dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta propia, más sus competencias, atribuciones y organización del trabajo eran propias de asalariados. Y es que con este modelo Glovo se ha estado ahorrando dinero en cotizaciones, ya que un autónomo puede cotizar menos que un asalariado. Además, es el 'rider' el que asume dichas cotizaciones y no la empresa, que tampoco paga vacaciones, bajas por incapacidad temporal o excedencias, entre otros.

Concretamente, en Madrid la Inspección ha detectado a un total de 7.022 repartidores ejerciendo como falsos autónomos, por lo que le ha reclamado a Glovo 19 millones de euros en concepto de cuotas impagadas y luego le ha impuesto otros 32,9 millones en concepto de sanción por reiteración. Y es que no es la primera vez que la firma fundada por Óscar Pierre es sancionada, ni la primera que es sancionada en la capital española. Ya en abril del 2019 la 'policía laboral' cerró una primera actuación en la que determinó que sus repartidores ejercían como falsos autónomos.

800 'riders' sin permiso de trabajo

Una novedad que ha destacado la Inspección de Trabajo en su actuación en Madrid, a diferencia de otras actas emitidas, es la presencia de personas de origen extranjero y sin permiso de trabajo repartiendo a través de su aplicación. Concretamente la 'policía laboral' ha podido acreditar un total de 813 personas, por lo que ha sancionado a Glovo con un importe total de 5,2 millones de euros.

Aquí el proceso que ha seguido Inspección es el siguiente. Hay personas de origen extranjero que en España pueden acceder a un permiso para ejercer como trabajador por cuenta propia, pero no como asalariado. Y cuando ha venido la 'policía laboral' y ha estimado que Glovo estaba incurriendo en un encuadramiento ilícito, ha determinado que los repartidores ejercían sin permiso de trabajo.

Pendientes de la 'ley Rider'

Las actuaciones efectuadas por la Inspección de Trabajo en Madrid, al igual que las otras macrooperaciones efectuadas en Barcelona o Valencia, determinan unos hechos y parten de una documentación recabada antes de la entrada en vigor de la 'ley Rider'. Es decir, la 'policía laboral' ha determinado en dichos casos que Glovo incumplía la normativa laboral con su modelo de entonces, más no puede extender dicha afirmación al momento actual, pues que -de momento- carece de pruebas.

Las inspecciones de Trabajo avanzan y se están cerrando en el caso de las plataformas con un año o más de decalaje, partiendo de los antecedentes existentes desde 2018, cuando la 'policía laboral' emitió el primer parte de este tipo en referencia a Deliveroo -plataforma que dejó de operar en España poco antes de la entrada en vigor de la 'ley Rider'-. Este ha sido hasta ahora el principal argumento de Glovo para seguir operando con 'riders' autónomos, alegando que ha ido introduciendo cambios en su sistema de organización del trabajo que hacen que ahora sí sus repartidores pueden ejercer como verdaderos autónomos.

Otra novedad legislativa que desde los bufetes de abogados que asesoran a las plataformas digitales están calibrando en la reforma del código penal. Esta tipifica como delito el empleo reiterado de falsos autónomos, algo diseñado específicamente para acometer el fraude en dichas aplicaciones. Desde el Gobierno confían en el efecto disuasorio de la nueva normativa y que próximamente empresas como Glovo o Uber dejen de operar con 'riders' autónomos.