Sector inmobiliario

La Comunidad de Madrid ultima el lanzamiento de su nueva Ley de Suelo

La norma será un “cambio de paradigma”, según el Viceconsejero de Vivienda de la región, José María García | El Ejecutivo de Ayuso considera que el anteproyecto de Ley de Suelo aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez "se queda corto"

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. / EP

Gabriel Santamarina

El Gobierno de la Comunidad de Madrid prepara una reforma de la Ley de Suelo autonómica vigente. Esta norma cuenta ya con un borrador y se podrá desarrollar durante la próxima legislatura si la actual presidenta, Isabel Díaz Ayuso revalida su victoria en las elecciones del próximo 28 de mayo, según ha avanzado el Viceconsejero de Vivienda de la región, José María García, durante un evento organizado por Madrid Foro Empresarial.

García ha asegurado que está trabajando en lo que será “un cambio de paradigma” a nivel legislativo y no “una continuación de la estructura clásica de la norma de 1956”. “Esperamos contar con la confianza de los ciudadanos para poder desarrollarla en la siguiente legislatura. Si nos comprometemos a hacerlo, lo vamos a hacer”, ha añadido el responsable de Vivienda de la Comunidad de Madrid.

La última Ley de Suelo fue promulgada el 17 de julio de 2001, aunque sufrió una modificación en 2015, durante la legislatura de Cristina Cifuentes. Entre otros aspectos, el cambio más reciente eliminó la prohibición de edificar con una altura superior a tres plantas más ático, incluida la baja, plantas retranqueadas y semisótanos.

LEY ÓMNIBUS

El Ejecutivo autonómico aprobó el pasado mes de diciembre la Ley 11/2022, conocida como Ley Ómnibus. Esta norma actuará sobre "31 leyes, tres decretos legislativos, seis nuevas regulaciones de rango legal y dos decretos, además de la derogación total o parcial de cuatro leyes y otros cuatro decretos", según se describió en el comunicado publicado por la Comunidad de Madrid. A nivel urbanístico, supone "la reducción de cargas burocráticas y precios públicos, eliminando tasas e incorporando la declaración responsable en lugar de la autorización y licencia previa".

Por ejemplo, suelos calificados como dotacionales para la construcción de un colegio público o una residencia de ancianos podrán ser destinados a desarrollar soluciones habitacionales a precio asequible, siempre y cuando se demuestre que no existe una demanda de una infraestructura original. Así aquellos "consistorios con parcelas públicas de suelo calificado como equipamiento o dotacional, que no han cumplido su destino ni lo van a cumplir y se convierten en un vacío urbano, tienen esta posibilidad de actuación, una medida que servirá para luchar contra el éxodo de la población joven en pequeños municipios", explican desde el Ejecutivo autonómico.

También está previsto simplificar la petición de licencias que, en ayuntamientos como el madrileño, puedes demorarse más de un año y medio. Por eso se nombrarán empresas privadas como Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU), que agilizarán todos los trámites. Las declaraciones responsables complementarán este modelo como un mecanismo sustitutivo de licencias.

LEY DE SUELO DEL GOBIERNO

El Gobierno central aprobó en Consejo de Ministros el pasado 13 de diciembre el Anteproyecto de Ley para la modificación de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, tal y como adelantó El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica, dos meses antes. Según fuentes del PP, la nueva norma es una continuación de otra impulsada durante el Gobierno de Mariano Rajoy, que quedó paralizada. La principal novedad de esta ley es que evitará anulaciones de planes urbanísticos, un problema sufrido por los promotores.

Durante su intervención en el evento organizado por Madrid Foro Empresarial, José María García aseguró que “va a ser un gran avance si al final lo aprueban”, aunque cree que “se ha quedado corta”. “Es un avance notable en mejora de la seguridad jurídica, pero se queda corto porque no modifica las leyes de la jurisdicción contenciosa administrativa para impedir claramente ese riesgo de impugnación de los riesgos de planeamiento y no establece un plazo de prescripción al ejercicio de esas acciones; que, a día de hoy, se puede impugnar un plan de hace 25 años apoyado en una licencia y provocar el efecto de nulidad en cascada de todo el planeamiento”, ha añadido.