El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra el llamado modelo 720 de la legislación española que obliga a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjeros podría obligar a Hacienda a devolver un máximo de 230 millones de euros, según ha desvelado este jueves la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, a falta de "leer la letra pequeña de la sentencia por si afectará al total de las sanciones o puede ser que solo afecte a aquellas que se puedan quedar desproporcionadas respecto a la infracción que se comete". "Todavía es pronto", ha explicado Montero, sobre los efectos de este fallo para las arcas públicas. 

Estos 230 millones de euros corresponden al importe total de las sanciones impuestas desde que en 2012 el anterior ministro de Hacienda, Cristóbal Montoropuso en marcha esta medida, y casi el total del importe procede de multas impuestas por el Gobierno anterior, pues según Montero desde hace tres años apenas se han impuesto sanciones precisamente porque el TJUE estaba revisando la normativa. Desde 2012, alrededor de 60.000 contribuyentes presentan este modelo anualmente desde 2012 con un importe total declarado de 225.200 millones de euros.

La ministra ha advertido, además, que el modelo todavía continúa en vigor, aunque la intención del Ejecutivo es aprobar la modificación de la norma antes de que termine el plazo de presentación de este ejercicio, el 31 de marzo, y lo hará a través de alguna de las leyes que están actualmente en tramitación. "Estudiaremos cuáles serán los plazos de prescripción, que hasta ahora no tenía límite, y la proporcionalidad de las sanciones", ha añadido Montero, sin dar pistas sobre los niveles que prevé el Gobierno imponer, pese a asegurar que su departamento lleva "siguiendo la sentencia desde que llegaron a Moncloa".

Esta normativa obliga a los titulares de bienes o derechos situados en el extranjero -desde bienes inmuebles hasta cuentas bancarias, activos, fondos propios, patrimonio de todo tipo de entidades así como seguros de vida e invalidez- en más de 50.000 euros y con residencia en España a informar a la Agencia Tributaria. Así como a hacerlo en ejercicios sucesivos si el patrimonio declarado se incrementa en más de 20.000 euros. Su incumplimiento supondría una multa de 5.000 euros por cada dato no comunicado y 10.000 euros por cada dato falso con posibilidad de sumar 100 euros por cada uno por los retrasos. Además, el incumplidor está sometido a fuertes penalizaciones con multas de hasta el 150% del valor no declarado.

EL TJUE ha declarado ilegal este modelo de sanciones por vulnerar el principio de libre circulación de capitales. Según el tribunal, es contrario a derecho la imprescriptibilidad de la norma, el porcentaje de la multa se considera abusivo en tanto que alcanza el 150% del valor no declarado, así como también lo son las multas fijas (de 5.000 y 10.000 euros) que, además, no guardan proporción con otras sanciones que se encuentran en otras normas de la UE.