Las empresas de reparto a domicilio se preparan para adaptarse a la Ley Rider, que entra en vigor este 12 de agosto bajo la premisa de obligarlas a dejar de utilizar autónomos como repartidores y que pasen a ser asalariados, aunque las diferentes fórmulas planteadas por los operadores suscitan dudas en el plano legal.

Así lo apuntan en declaraciones a Efe asociaciones de repartidores, sindicatos e inspectores de Trabajo, hasta el punto de que fuentes del sector dan por seguro que la cuestión volverá a judicializarse.

Tras meses de negociaciones, el Ministerio de Trabajo, los sindicatos CCOO y UGT y las patronales CEOE y Cepyme lograron cerrar a principios de marzo un acuerdo para sacar adelante una ley que establecía la presunción de asalariados de los repartidores autónomos que trabajan para plataformas digitales de reparto. La norma, que no se publicó en el BOE hasta mayo y que recogía lo ya sentenciado por los tribunales, daba tres meses de plazo a las empresas para adaptarse y que ahora vencen.

La primera en comunicar su propuesta fue Glovo, que a finales de julio informó de que prevé mantener a cerca de un 80% de sus repartidores actuales en España como autónomos bajo un nuevo modelo de relación que, en su opinión, se ajusta a la normativa. Sus planes incluyen en una primera fase la contratación directa como empleados de 2.000 repartidores antes de finalizar 2021, lo que equivale a cerca de un 20% del total.

La firma defiende que bajo ese nuevo modelo con el que operará el 80% de su flota podrá justificar que no existe dependencia laboral y que se cumplen con todos los criterios recogidos en la ley a la hora de definir el trabajo autónomo.

También a finales de julio, Deliveroo anunció su intención de cerrar su actividad en España con la apertura de un proceso de despido colectivo que afectará a 3.781 personas entre personal de oficina y repartidores; a estos últimos la compañía pretende darles de alta en la Seguridad Social. No obstante, por el momento se desconocen detalles relevantes, como la fecha en la que darán de alta a sus repartidores, clave para calcular la indemnización a cobrar.

UberEats, por su parte, ya ha enviado un mensaje a sus repartidores en el que les informa de que a partir del 12 de agosto no adjudicará pedidos a aquellos que sigan siendo autónomos, y de momento utilizará a terceros para subcontratar a los repartidores.

Mientras, Just Eat ya negocia con CCOO y UGT un convenio laboral para sus repartidores; la firma nunca utilizó autónomos y su modelo actual es mixto, ya que la mayor parte de los restaurantes con los que colabora tienen su propia flota y para aquellos que no, la plataforma ofrece un servicio a través de terceros.

Críticas a las plataformas

"Lo de Glovo es una barbaridad", señala a Efe el coordinador de Turespuestasindical.es de UGT, Rubén Ranz, que acusa a las empresas de haber esperado al último momento para afrontar el cambio y de "reírse de la ley". Bajo su punto de vista, estas compañías "basan su modelo de negocio exclusivamente en reducir costes (...) Es una bomba de relojería".

"Nos han llegado cosas preocupantes, subcontrataciones, falsas cooperativas de trabajadores... Pero tendremos que esperar y ver cómo se concreta a partir de este 12 de agosto", aseguraba a Efe el secretario de Juventud y nuevas realidades del trabajo de CCOO, Carlos Gutiérrez, antes de conocerse los detalles de la propuesta de Glovo y el planteamiento de Deliveroo.

La inspección, vigilante

"La norma pone negro sobre blanco lo que ya habían sentenciados los tribunales", recuerda a Efe la presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca. Ercoreca explica que si tras esa fecha se detecta que no están dados de alta como asalariados se podrían levantar actas de infracción con sanciones de 3.126 euros a los que se sumar las cotizaciones a la Seguridad Social dejadas de ingresar en cada caso. "Se va a seguir vigilando", subraya Ercoreca, quien recuerda el importante papel de la Inspección en este tema.

Si no están asalariados después de esa fecha, "se considerarían falsos autónomos y o bien podría reclamarse su alta en el Régimen General de la Seguridad Social (...) o lo irá haciendo de oficio la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social", argumenta a Efe el profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia, Daniel Toscani.

Las soluciones ideadas por las plataformas también despiertan suspicacias entre asociaciones de repartidores, tanto pro-autónomos como anti-autónomos, que ya advierten de que la subcontratación de sus servicios a través de terceros puede suponer una "cesión ilegal de trabajadores".

El portavoz del movimiento Repartidores Unidos, Gustavo Gaviria, ha lamentado los "contratos temporales y precarios" que están ofreciendo las plataformas que optan por convertirles en asalariados, y el representante de Riders x Derechos Daniel Gutiérrez ha insistido en que la subcontratación se limita legalmente "a momentos puntuales y no de forma estructural", e incluso ya existen "denuncias" al respecto.