El Juzgado de Instrucción número 2 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado un auto en el que ordena al Grupo de Delitos Tecnológicos de la Policía Nacional que investigue la posible existencia de un delito de estafa informática en la plataforma de criptomonedas Bittrex. Los hechos ocurrieron después de que un tinerfeño creara una cuenta en dicha entidad, donde ingresó 1,3 bitcoins, que, según el entorno del afectado, equivale en estos momentos a unos 80.000 euros. El individuo recibió una serie de claves para acceder al mencionado depósito.

Sin embargo, un día, el ahora denunciante trató de acceder a la mencionada cuenta, pero no pudo. Y, una vez que pudo entrar, 48 horas después, detectó que el dinero había desaparecido de forma literal. Ante dicha circunstancia, se puso en contacto con los representantes de la plataforma Bittrex, que atribuyeron el hecho a la actuación de un ciberdelincuente.

En el mencionado auto, que tiene fecha del pasado 9 de febrero, la magistrada acordó incoar diligencias previas sobre el asunto. La autoridad judicial explica que, al no existir “datos suficientes para conocer la identidad del autor de los hechos denunciados, se acuerda oficiar” al mencionado grupo policial para que, en función de la denuncia presentada y los documentos aportados, los agentes del mismo determinen, “si es posible, una línea de investigación tecnológica que permita identificar al autor, solicitando de este Juzgado cuantas diligencias sean necesarias para tal fin”.

La titular del citado juzgado también pide que se ponga en conocimiento de la empresa mediadora en Tenerife de la aseguradora de Bittrex la existencia del mencionado procedimiento para que puedan personarse y realizar las alegaciones que consideren oportunas, así como para que aporte la póliza de seguros para garantizar la responsabilidad civil.

Una perito considera que uno de los posibles delito que ha afectado a ciudadano tinerfeño es el del artículo 282 del Código Penal, por el que “serán castigados con la apena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses los fabricantes o comerciantes que, en sus ofertas de publicidad de productos o servicios, hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores. Opina que también cabe aplicar un delito contra el patrimonio, como apropiación indebida, estafa u otros y en alguna de sus formas recogidas en el artículo 27, 28 y 29 del Código Penal.

La citada perito contratada por el denunciante explica que “Bittrex permitió cuatro intentos de acceso antes del robo, el día 26 de mayo del 2020, desde diversas IP, con distintas ubicaciones y con distintos sistemas operativos, todo incongruente con lo utilizado por el usuario hasta ese momento y Bittrex no hizo nada por evitarlo”. Estos hechos se produjeron en tres días diferentes desde Francia, Granada, Madrid y una localidad de Minnesota, en Estados Unidos.

Según la experta, el intruso presuntamente usó un sistema operativo diferente al del dueño de la cuenta que perdió el dinero, lo que “debería haber levantado una bandera roja de seguridad para Bittrex”. Aclara que la coincidencia de datos entre víctima y delincuente es “cero”, ni por número de direcciones de IP, ni ciudad o región de acceso, ni proveedor de servicio, ni sistema operativo ni navegadores empleados.