El Gobierno acaba de aprobar el ingreso mínimo vital, una renta mínima de inserción dirigida a los hogares que ingresan menos de 462 euros al mes.

Para recibirla se piden una serie de requisitos y compromisos. En principio, se tienen en cuenta los ingresos declarados en el 2019 o estableciendo una media de los meses del 2020, para no excluir a aquellos solicitantes que hayan perdido sus ingresos por la pandemia de coronavirus.

1. ¿Qué es el ingreso mínimo vital?

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a "prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas", según el Gobierno.

Da derecho a una prestación económica que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad, pero con la intención de garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias, con incentivos al empleo.

No es compatible con otras prestaciones de pensiones por baja médica permanente.

2. ¿Quién puede pedirlo?

Personas con residencia legal y efectiva en España de al menos un año ininterrumpido, excepto en situaciones de víctimas de violencia de género, trata con fines de explotación sexual y víctimas de explotación sexual, más allá de su situación administrativa.

Distingue entre la prestación individual y la por hogar.

  1. Individuales: Personas de entre 23 y 65 años, que vivan solas y hayan vivido independientes durante al menos tres años antes, o que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio, o estén en supuestos anteriores, y en este caso solo es necesario ser mayor de edad.
  2. Colectivas: La cobrará un mäximo de dos personas por "unidad de convivencia", es decir hogar, de entre 23 y 65 años, o mayor de edad si tiene hijos a su cargo. Con ingresos totales inferiores a 5.538 euros (un adulto) o a 12.184 euros, si hay más de tres hijos o son varios adultos mayores al cargo, sea "por consanguinidad o afinidad".

3. ¿Cuáles son los requisitos?

Tener la residencia en España desde al menos un año antes y estar en situación de vulnerabilidad económica. Esto es:

  • No tener un patrimonio (excluida la vivienda habitual) superior a tres veces la renta garantizada anual. Esto es, 16.614 euros, de modo individual. Estas son las reglas para computarlo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo, si no se trabaja. Cuando encuentren empleo, se excluirá parte del salario del cálculo de la prestación.
  • Si se trabaja pero no se llega al mínimo vital, se buscará que pueda hacer más horas o acceder a un mejor empleo.

4. ¿Qué documentos hay que presentar?

  • Identidad: DNI, libro de familia si hay menores o pasaporte y acreditación de residente.
  • Domicilio: certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Situación económica: Habrá que autorizar a la Administración que se investiguen los datos económicos tributarios y de la Seguridad Social, pero mejor incluir el carnet de paro.

5. ¿Cuál es la cuantía?

Depende de la situación familiar del solicitante y si percibe en paralelo un salario o no, hay una serie de reglas para el cómputo de ingresos.

La base mínima para una persona sin ningún ingreso ni patrimonio y sin familiares a cargo será de 461,53 euros mensuales. Y la prestación máxima la percibiría una persona en la misma situación a nivel de ingresos, pero con cinco o más integrantes sin ingresos en la unidad familiar. Y su cuantía sería de 1.015,37 euros mensuales. La Seguridad Social ha habilitado un abanico de 14 categorías para las diferentes particularidades.

En caso de que el solicitante tenga otros ingresos, esta renta mínima modulará los ingresos, respetando los mínimos establecidos. Es decir, si una persona solo ingresa 200 euros en un mes, el Estado aportará 262 euros más para llegar a esos 461,53 euros mensuales.

  • 701,53 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y un menor.
  • 839,98 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y dos menores.
  • 978,44 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y tres o más menores.

Para un cálculo más exacto, hay un simulador de la propia Seguridad Social.

6. ¿Cuándo se empieza a cobrar?

En principio, a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

Se cobra por transferencia bancaria y no podrá ser embargado ni objeto de descuento o retención.

7. ¿Es compatible con un trabajo?

Sí, el ingreso mínimo vital es compatible con ingresos laborales y contempla incentivos para que los potenciales beneficiarios no vean más rentable rechazar un empleo por el miedo a dejar de percibir parte de la prestación.

La Seguridad Social no restará integramente los nuevos ingresos de la prestación percibida. Es decir, si el beneficiario cobra 100 euros más no se le descontarán 100 euros del ingreso mínimo vital, sino un porcentaje menor que el Gobierno todavía no ha precisado.

8. ¿Cómo solicitarla?

Para presentar la solicitud, los ciudadanos deberán preferentemente dirigirse a la sede electrónica Seguridad Social o a través del ayuntamiento.

En junio, el Gobierno actuará de oficio para unos 100.000 hogares. Se podrá solicitar a partir del 15 de junio con efecto retroactivo al 1 de junio, a través de la web de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. O a través de los ayuntamientos.

Se cobrará cada mes en 12 pagas.

9. ¿Cuánto tiempo se puede cobrar?

En principio, hasta el fallecimiento, salvo casos en que se cambien los requisitos para percibirlo (aumenten los ingresos, haya derecho a pensión de jubilación...), haya cese coluntario, haya sanción administrativa o porque se haya cometido fraude con la prestación.

10. Complemento autonómico

Las comunidades autónomas podrán complementar el ingreso mínimo con fondos propios.

Algunas autonomías, como el País Vasco y Navarra, ya han pactado con el Gobierno la descentralización de esta nueva prestación y que sean sus administraciones las que gestionen todo el proceso.