Los interinos empleados por la administración utilizando sucesivamente de forma abusiva contratos de duración determinada tienen derecho a seguir en el puesto mientras no se cree la plaza oficial, de acuerdo con la normativa vigente en el sector público. Además, si han sido despedidos mientras no se ha puesto en marcha la oposición, tienen derecho a percibir las retribuciones no abonadas. Así lo ha sentenciado el Supremo en dos sentencias en las que revoca parcialmente dos fallos del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Las sentencias del alto tribunal aplican el criterio de diversos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que incrementa los derechos laborales de los interinos, aunque no equipara su cese con el de un funcionario. El Supremo falla en el caso de un funcionario interino municipal del Ayuntamiento de Vitoria y el de una empleada eventual de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud que deben mantenerse en los correspondientes puestos de trabajo cuando se constata una situación previa de contratos encadenados de duración determinada, que en realidad están cubriendo lo que debería ser una plaza fija.

Como consecuencia de este abuso, explica el tribunal, subsisten y deben continuarse las relaciones de empleo con los derechos profesionales y económicos inherentes a ellas «desde la fecha de efectos del cese ilegal», cuya nulidad confirma, y hasta que la Administración cumpla «en debida forma lo que ordena la normativa aplicable». En definitiva, que las administraciones vascas objeto del litigio deberán volver a contratar a los dos interinos eventuales, como mínimo hasta que se cree la plaza que ocupan de forma oficial, y pagarles las nóminas que han dejado de cobrar desde que los despidieron.

Los dos demandantes no logran, sin embargo, el objetivo de convertirse en personal indefinido no fijo. Para convertirse en fijos, deberán pasar las correspondientes pruebas u oposiciones.